El estatus especial de inmigrante juvenil conocido también como special immigrant juvenile status o SIJS es un alivio migratorio para jóvenes que viven en Estados Unidos sin documentos y que han sufrido:
- Abuso;
- Negligencia; o
- Abandono.

Esta protección les permite solicitar la residencia permanente legal sin salir del país. Sin embargo, deben contar con una orden judicial estatal que confirme que no pueden reunificarse con sus padres y permanecer en EE. UU. es lo mejor para su bienestar.
En términos simples, el SIJS ofrece a estos menores un camino seguro hacia la estabilidad legal, acceso a estudios, empleo y la oportunidad real de construir un futuro en Estados Unidos.
A continuación encontrará una explicación clara sobre qué es, quién califica y por qué este estatus es tan relevante en 2025 para miles de jóvenes vulnerables.
¿Qué es el estatus especial de inmigrante juvenil?
El estatus especial de inmigrante juvenil es una clasificación humanitaria que permite a ciertos menores obtener la residencia permanente legal en EE. UU.
- Fue creada por el Congreso para proteger a los jóvenes que no pueden reunirse con sus padres debido a abandono, abuso o negligencia.
- A diferencia de otros programas migratorios, el SIJS no se tramita desde el extranjero.
- Este alivio migratorio solo pueden solicitarlo jóvenes que ya se encuentren dentro de Estados Unidos y que cuenten con una orden judicial estatal de dependencia emitida por un tribunal juvenil.
Cabe destacar que la orden debe confirmar que:
- El menor depende del tribunal o de una agencia estatal.
- No es posible reunificarse con uno o ambos padres por las razones mencionadas.
- No es de su interés regresar al país de origen o al de sus padres.
Una vez emitida la orden, el menor puede pedir ante USCIS la clasificación SIJS por medio del Formulario I-360. Tras la aprobación, podrá ajustar su estatus y solicitar una Green Card bajo la categoría EB-4.
Requisitos para el estatus especial de inmigrante juvenil
Para calificar al estatus especial de inmigrante juvenil, el solicitante debe cumplir una serie de condiciones establecidas en la ley 8 CFR § 204.11 y confirmadas por USCIS.
Estas reglas combinan aspectos migratorios y decisiones judiciales del estado donde vive el menor.
Edad, estado civil y presencia física
El menor debe cumplir con lo siguiente:
- Ser un menor de 21 años: El joven debe tener menos de 21 años cuando se presenta la petición ante USCIS.
- Estar soltero: No puede estar casado. Si se casó, debe demostrar que el matrimonio terminó por divorcio, anulación o fallecimiento.
- Estar dentro de Estados Unidos: El SIJS no se solicita desde el extranjero.
Orden judicial de dependencia juvenil en SIJS
Debe existir una orden judicial de corte juvenil (corte juvenil dependencia inmigrante juvenil) que indique:
- Que el menor depende del tribunal o está bajo custodia o tutela de una agencia estatal o persona designada.
- Que no es posible reunificarse con uno o ambos padres por abuso, negligencia o abandono.
- Que no es de su interés regresar a su país de origen ni al de sus padres.
Esta orden es la base del caso. Sin ella, USCIS no puede aprobar la clasificación SIJS. Cada estado tiene su propia forma de emitirla, pero debe estar firmada por un juez y acompañada de los hechos que justifican la dependencia.
Consentimiento de USCIS y del HHS
Si el joven estuvo bajo custodia federal, se requiere el consentimiento por escrito de la Oficina de Reasentamiento de Refugiados (HHS/ORR).
Ese documento confirma que la orden judicial responde a motivos de protección y no se busca solo un beneficio migratorio.
Buena conducta y antecedentes
Aunque no se exige un récord limpio absoluto, USCIS puede negar el SIJS si el solicitante tiene condenas graves.
Por eso, antes de presentar el caso, conviene consultar con un abogado para revisar los antecedentes y preparar cualquier posible perdón migratorio en Estados Unidos que sea necesario.
Documentos necesarios y errores comunes en la solicitud del SIJS
El éxito del caso depende en gran parte de los documentos de respaldo. A continuación, los más importantes y los errores que suelen provocar rechazos.
Documentos principales
Entre los principales documentos se encuentran:
- Formulario I-360 (Petition for Amerasian, Widow(er) or Special Immigrant).
- Orden judicial estatal válida y completa.
- Pruebas de edad: Pasaporte, acta de nacimiento o documento oficial emitido por el gobierno del país de origen.
- Evidencia de presencia en EE. UU: Copia del permiso I-94 o sello de entrada si existe.
- Formulario G-28 (si cuenta con representación legal).
- Consentimiento del HHS (en caso de custodia federal).
Errores frecuentes
Además de reunir los documentos correctamente, es importante evitar fallos comunes como entregar pruebas incompletas, usar formularios desactualizados o presentar documentos sin traducción certificada. Estos errores pueden retrasar o impedir la aprobación del SIJS.
Cómo solicitar el estatus especial de inmigrante juvenil paso a paso
El proceso para solicitar el estatus especial de inmigrante juvenil combina trámites judiciales y administrativos.
A continuación se muestra el proceso SIJS paso a paso más claro y actualizado para 2025.

Paso 1: Obtener la orden del tribunal juvenil
Todo inicia en un tribunal estatal. El juez debe emitir una orden que declare que el menor:
- Depende de la corte o de una agencia/tutor designado,
- No puede reunificarse con uno o ambos padres por abuso, negligencia o abandono,
- y que no es de su interés regresar a su país de origen.
Esta orden es indispensable: sin ella, USCIS no puede aprobar la clasificación SIJS.
Paso 2: Presentar el Formulario I-360 ante USCIS
Con la orden judicial en mano, se presenta el Formulario I-360 acompañado de:
- Evidencia de edad,
- Copia de la orden judicial,
- Pruebas de presencia en Estados Unidos,
- Formulario G-28 (si tiene abogado).
USCIS enviará un aviso de recibo y, si necesita más pruebas, emitirá una RFE.
Paso 3: Verificar si califica para acción diferida o permiso de trabajo (política actualizada 2025)
En años anteriores, USCIS consideraba otorgar acción diferida a quienes tenían una I-360 aprobada, lo que permitía solicitar un EAD (permiso de trabajo).
Pero desde 2025, USCIS ya no concede acción diferida automáticamente solo por tener una I-360 aprobada y estar en lista de espera de visa EB-4.
- Los jóvenes que ya tenían acción diferida la mantienen.
- No se están emitiendo nuevas acciones diferidas bajo SIJS de manera automática.
- El permiso de trabajo solo es posible si el joven califica bajo otra categoría vigente para el EAD. Para más detalles sobre este documento, consulte “Cómo conseguir permiso de trabajo en Estados Unidos”.
Paso 4: Esperar el tiempo de procesamiento del SIJS
El tiempo promedio para que USCIS decida un caso I-360 es de aproximadamente 6 meses (180 días), aunque puede variar según la oficina.
El ajuste de estatus a la residencia depende de la disponibilidad de visas EB-4, la cual se verifica en el Boletín de Visas del Departamento de Estado.
Ajuste de estatus y obtención de la Green Card por SIJS
Tras la aprobación del SIJS y cuando haya una visa disponible, el beneficiario puede solicitar la residencia permanente mediante el Formulario I-485.
Este trámite convierte la clasificación en una Green Card por visa EB-4.
Requisitos para ajustar el estatus
Para solicitar la residencia por SIJS, el joven debe cumplir los siguientes requisitos:
- Tener una petición I-360 aprobada.
- Contar con una visa de inmigrante disponible según el Boletín de Visas del Departamento de Estado.
- Estar físicamente en Estados Unidos al momento de presentar el I-485.
- Ser admisible bajo la ley de inmigración o calificar para una exención de inadmisibilidad, como el Formulario I-601 o Formulario I-212, según corresponda.
Durante este proceso, USCIS puede programar una cita de biométricos, solicitar el Formulario I-693 (examen médico) y, en algunos casos, fijar una entrevista final.
Protección por “age-out”
Si el joven presentó el Formulario I-360 antes de cumplir los 21 años y estando soltero, su edad queda congelada a la fecha de presentación. Gracias a esta protección:
- No perderá la clasificación SIJS aunque cumpla 21 años mientras espera la decisión.
- No se le puede negar la Green Card por el hecho de haber superado los 21 años durante el trámite del I-485.
- No existe un límite máximo de edad para solicitar la residencia basada en SIJS: lo esencial es que la I-360 se haya presentado correctamente antes de los 21 años y que el solicitante permanezca soltero.
Esta norma garantiza que cumplir años durante la espera no perjudique al beneficiario.
Qué sucede después de obtener la residencia
Al recibir la Green Card, el beneficiario puede:
- Vivir y trabajar de forma legal e indefinida en Estados Unidos.
- Solicitar matrículas universitarias reducidas y acceder a becas públicas, según las reglas del estado.
- Obtener licencias de conducir en los estados que las otorgan a residentes legales.
- Cumplir con los requisitos para hacerse ciudadano americano tras cinco años de residencia permanente.

En casos donde el solicitante no califique a la residencia por SIJS, puede explorar alternativas como la petición de familiares en USA o la cancelación de deportación.
Beneficios del estatus especial de inmigrante juvenil
Obtener el estatus especial de inmigrante juvenil ofrece ventajas concretas para jóvenes indocumentados que buscan estabilidad y protección legal en Estados Unidos.
A diferencia de otros programas, este estatus no es temporal: abre un camino directo hacia la residencia permanente.
Protección frente a la deportación
Una vez aprobada la clasificación SIJS, el beneficiario queda bajo protección de USCIS.
Esto significa que, en la práctica, está amparado frente a la deportación mientras avanza su proceso hacia la residencia.
Además, si existía un proceso en la corte de inmigración, este puede cerrarse o terminarse una vez aprobada la petición y definida la estrategia legal.
Autorización de empleo y estabilidad económica (actualizado 2025)
En el pasado, muchos jóvenes con SIJS aprobado recibían acción diferida y, con ella, un permiso de trabajo mediante el Formulario I-765.
Hoy en día, una clasificación SIJS ya no implica recibir automáticamente acción diferida ni autorización de empleo. Quienes ya tenían acción diferida y EAD los conservarán hasta su vencimiento, pero los nuevos solicitantes solo podrán obtener permiso de trabajo si califican bajo otra base legal (por ejemplo, al presentar el ajuste de estatus cuando su fecha de prioridad esté vigente).
Este cambio, explicado con más detalle en la sección de actualizaciones del estatus especial de inmigrante juvenil en 2025, hace aún más importante planificar desde el inicio la estrategia migratoria.
Ejemplo ilustrativo: Cuando la fecha de prioridad de María finalmente aparece como vigente en el Boletín de Visas, ella presenta su ajuste de estatus. En ese momento, María ya puede solicitar un permiso de trabajo.
Integración social y apoyo estatal
Muchos estados permiten a los beneficiarios del special immigrant juvenile status acceder a programas de:
- Asistencia médica básica;
- Apoyo educativo;
- Orientación legal;
- Programas juveniles y, en algunos casos, ayuda para vivienda.
Todo ello contribuye a su integración social sin poner en riesgo su estatus.
Limitaciones y riesgos del estatus especial de inmigrante juvenil
Aunque el estatus juvenil especial de inmigración brinda múltiples beneficios, también tiene restricciones y riesgos que deben evaluarse antes de solicitarlo.
No permite solicitar beneficios migratorios para los padres
Una de las principales consecuencias del SIJS para los padres es que el beneficiario no puede presentar una petición familiar en USA a su favor, ni siquiera tras convertirse en ciudadano.
La razón es que la ley presume que esos padres fueron responsables del abuso o abandono que originó la solicitud.
Visas limitadas por país de origen
Las visas dentro de la categoría EB-4 tienen cupos anuales. Los solicitantes de México, Guatemala, Honduras y El Salvador suelen enfrentar esperas adicionales antes de poder ajustar su estatus.
Riesgos por errores procesales
Los errores procesales pueden afectar seriamente la solicitud de SIJS. Entre los más habituales se encuentran fallos en la orden judicial, documentos sin traducción certificada o inconsistencias en formularios y fechas. Una preparación minuciosa antes del envío es clave para evitar retrasos o negaciones.
Tiempo de procesamiento y backlog en 2025
Actualmente, los casos SIJS tardan entre 6 y 18 meses en resolverse, según la carga de trabajo de USCIS y la disponibilidad de visas EB-4.
Durante 2024 y 2025, USCIS reasignó personal a las oficinas con más solicitudes EB-4 para acelerar los tiempos. Aunque estas medidas han mejorado ligeramente el procesamiento, el backlog continúa siendo uno de los principales desafíos del programa.
Comparativa: SIJS y otros alivios migratorios para menores
El estatus especial de inmigrante juvenil es uno de los alivios más poderosos para jóvenes en Estados Unidos, pero no el único.
Conocer las diferencias entre SIJS y asilo para menores, así como con otros programas humanitarios, permite identificar el camino legal más adecuado.
Principales diferencias entre alivios migratorios
Aquí podrá ver una diferencia entre estos alivios migratorios:
| Tipo de alivio | A quién protege | ¿Permite obtener la residencia permanente? | ¿Protege contra deportación? | ¿Permite incluir familiares? |
| SIJS (special immigrant juvenile status) | Jóvenes que fueron víctimas de abuso, abandono o negligencia parental | Sí, con visa EB-4 | Sí | No, solo al menor beneficiario |
| Asilo político | Personas que huyen de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad o grupo social | Sí | Sí | Sí, cónyuge e hijos menores |
| Visa U | Víctimas de delitos en EE. UU. que cooperan con las autoridades | Sí, después de tres años con estatus U | Sí | Sí, cónyuge e hijos |
| Visa T | Víctimas de trata de personas | Sí, tras tres años de residencia continua | Sí | Sí, cónyuge e hijos |
| VAWA | Víctimas de violencia doméstica cometida por un ciudadano o residente permanente | Sí | Sí | Sí, hijos dependientes |
Si el joven no califica para SIJS, puede evaluar otras alternativas con ayuda profesional:
- Visa U para víctimas sin estatus legal
- Diferencias entre asilo político y humanitario
- Requisitos para la ley NACARA
Ejemplo práctico de un caso exitoso de SIJS
- María, originaria de Honduras, llegó a Estados Unidos con 15 años tras sufrir abandono y maltrato físico por parte de su padre.
- Fue colocada bajo custodia de una tía en California.
- Su abogada solicitó ante el tribunal estatal una orden de dependencia juvenil, demostrando que María no podía regresar a su país y que permanecer en EE. UU. era lo mejor para su bienestar.
- Con la orden aprobada, se presentó el Formulario I-360 ante USCIS, incluyendo pruebas de edad y de su tutela legal.
- Seis meses después, la petición fue aprobada. Cuando una visa estuvo disponible, María presentó el Formulario I-485 y obtuvo su Green Card por visa EB-4.
Este caso muestra cómo el estatus especial de inmigrante juvenil puede transformar la vida de un menor cuando se actúa con asesoría correcta y documentación completa.
Consejos legales para preparar una solicitud fuerte de SIJS
Preparar correctamente el caso es tan importante como cumplir los requisitos. Una petición bien documentada puede marcar la diferencia entre la aprobación y el rechazo del estatus especial de inmigrante juvenil.

Obtener una orden judicial completa y específica
La orden de dependencia juvenil debe incluir los tres elementos que exige USCIS:
- Dependencia o tutela del menor;
- Imposibilidad de reunificación con uno o ambos padres; y
- Determinación de que regresar al país de origen no es lo mejor para el menor.
Reunir evidencias familiares y psicológicas
Las declaraciones juradas, informes escolares, evaluaciones médicas o psicológicas y testimonios de tutores son clave para demostrar abandono, negligencia o abuso. Cuanta más documentación respalde la orden, más sólido será el expediente.
Elegir un abogado de inmigración con experiencia en SIJS
No todos los abogados manejan procesos juveniles y migratorios a la vez. Un profesional especializado en estatus juvenil especial de inmigración conoce cómo coordinar la corte estatal y USCIS, evitando retrasos y errores procesales.
Usar los formularios actualizados
Antes de enviar el Formulario I-360 o el Formulario I-485, verifique que sean las versiones más recientes en el sitio oficial de USCIS.
También debe incluir la traducción certificada de todo documento emitido en otro idioma.
Combinar estrategias legales cuando sea posible
En algunos casos, el SIJS puede presentarse junto con otros alivios, como la cancelación de deportación o el asilo para dar mayor protección al menor mientras su caso está pendiente.
Actualizaciones del estatus especial de inmigrante juvenil en 2025
En 2025, USCIS ha implementado varios ajustes al programa SIJS. Conocerlos es esencial para planificar el caso y evitar retrasos.
Fin de la acción diferida automática (cambio clave en 2025)
Hasta hace poco, muchos jóvenes con una I-360 aprobada recibían acción diferida de forma casi automática, lo que les permitía solicitar un permiso de trabajo mientras esperaban una visa disponible.
Sin embargo, con fecha efectiva 6 de junio de 2025, USCIS rescindió esta política. Actualmente:
- Ya no se concede acción diferida automática solo por tener una I-360 aprobada y estar en la lista de espera de visas EB-4.
- Los jóvenes que ya tenían acción diferida y EAD los conservarán hasta que venza su periodo actual.
- Los nuevos solicitantes solo podrán obtener permiso de trabajo si califican bajo otra base legal. Por ejemplo, al presentar el ajuste de estatus cuando su fecha de prioridad esté vigente.
Mayor coordinación entre cortes estatales y USCIS
Se han emitido guías para que los tribunales estatales emitan órdenes más claras y compatibles con los requisitos federales.
Esto ayuda a reducir rechazos por lenguaje insuficiente, errores de forma o falta de hallazgos específicos en las órdenes de dependencia juvenil.
Enfoque humanitario reforzado
El programa SIJS se mantiene como una prioridad de protección para menores vulnerables que han sufrido:
- Abuso;
- Abandono; o
- Negligencia y que no pueden regresar a su país de origen de forma segura.
Para confirmar cualquier cambio reciente, siempre se recomienda revisar la página oficial de USCIS sobre el estatus especial de inmigrante juvenil.
Errores frecuentes al solicitar el estatus especial de inmigrante juvenil
Incluso los casos con buenos fundamentos pueden ser rechazados si se cometen errores en la preparación o en los formularios. A continuación se enumeran los fallos más comunes.
- Orden judicial incompleta o mal redactada. Si la orden no menciona que la reunificación con uno o ambos padres no es posible, USCIS la rechazará.
- Falta de pruebas del vínculo o la tutela. Cuando no se presenta evidencia suficiente del tutor, escuela o agencia estatal responsable, el caso puede retrasarse.
- Formularios obsoletos o incompletos. El uso de una versión antigua del I-360 o del I-485 provoca demoras o rechazo.
- Traducciones no certificadas. Todo documento en otro idioma debe ir acompañado de traducción certificada.
- Presentar sin asesoría legal. La coordinación entre corte estatal y USCIS es compleja y es fácil omitir requisitos.
Recursos y fuentes oficiales sobre el estatus especial de inmigrante juvenil
Para asegurar la validez de la información y seguir los procedimientos actualizados, se recomienda consultar las siguientes fuentes oficiales:
- USCIS – Green Card Based on Special Immigrant Juvenile Classification
- USCIS Processing Times
- HHS Office of Refugee Resettlement
- Boletín de Visas – Departamento de Estado de EE. UU.
- Ley 8 CFR § 204.11 – Requisitos del SIJS
Ayuda legal para tramitar el SIJS
El estatus especial de inmigrante juvenil brinda a los jóvenes inmigrantes la oportunidad de reconstruir su vida en Estados Unidos con estabilidad, educación y derechos plenos.
Sin embargo, el proceso exige precisión legal y coordinación entre tribunales estatales y USCIS.
Contar con un abogado de inmigración con experiencia en SIJS es la mejor manera de evitar errores, garantizar la validez de la orden judicial y avanzar hacia la residencia permanente.
