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Uno de los más grandes alivios migratorios en los Estados Unidos es la Ley 245(i) de inmigración. En este artículo conoceremos todo sobre esta legislación.


Los inmigrantes que busquen asistencia legal con respecto a esta ley o con cualquier otro asunto migratorio, no deben de preocuparse. Nuestros abogados de inmigración en Los Ángeles, CA, son expertos en todos los procesos migratorios en los EE. UU. 

Todo sobre la Ley 245(i) de inmigración en detalle para 2024

La ley 245(i) permite que algunos inmigrantes que están presentes en los Estados Unidos consigan la Green Card sin la necesidad de salir del país. Esta ley se aplica incluso si los inmigrantes no reúnen las condiciones para solicitar el ajuste de estatus migratorio.

  • Este beneficio migratorio es conocido formalmente como Residencia Permanente a través de la Ley de Equidad para las Familias de Inmigrantes Legales (LIFE, Ajuste 245[i]). 
  • Después de vencerse en 1998, la ley fue extendida, reformada y promulgada su versión final el 21 de diciembre de 2000.

Como es sabido, para tramitar la Green Card los extranjeros tienen dos vías:

  • Ajuste de estatus si están presentes en EE. UU, o
  • Trámite consular si se encuentran fuera de EE. UU.
documentos para la ley 245i

¿Quién califica para esta ley?

Para que un inmigrante pueda calificar para esta ley, este debe ser beneficiario de uno de los siguientes formularios:

  1. Formulario ETA 750, solicitud de certificación de condición laboral.
  2. Formulario I-130, petición para familiar extranjero, o
  3. Formulario I-140, petición de trabajador inmigrante extranjero, presentada antes del 30 de abril de 2001.

Algunos extranjeros que ya se encuentran en los Estados Unidos tienen impedimentos para solicitar este ajuste. Como resultado, es ahí donde entra la ley 245(i), la cual actúa como una protección para el inmigrante. 

Le invitamos a leer nuestros artículos sobre qué es el TPS en Estados Unidos y el estatus especial de inmigrante juvenil para conocer otras formas de protección al inmigrante.

Beneficios de la Ley 245(i) de inmigración

Este alivio migratorio favorece a los extranjeros que normalmente no cumplen con las condiciones para ajustar su estatus. Por ejemplo:

  1. Inmigrantes sin papeles que entraron ilegalmente al país.
  2. Extranjeros que entraron legalmente con una visa pero se quedaron más del tiempo permitido, manteniendo una presencia ilegal. 
  3. Inmigrantes que trabajan sin autorización.

El ajuste 245(i) no está disponible para los extranjeros que tienen abierto un proceso de deportación. 

Quizás le interese saber qué pasa si estoy ilegal en Estados Unidos. En nuestro blog encontrará información sobre este tema.

Este beneficio migratorio tampoco está disponible para los individuos que no cumplen con los requerimientos de fechas establecidos por la ley. 

No obstante, si el inmigrante recibió una orden de deportación, nuestros abogados de inmigración pueden asesorarlo y asistirlo legalmente. 

cancelación de deportación

En nuestro artículo «Cancelación de deportación» puede descubrir las vías disponibles.

Requisitos de elegibilidad para la ley 245(i)

Un inmigrante puede ser elegible para convertirse en un residente permanente en USA por medio de la Sección 245(i). Para ello, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Es admisible a los EE. UU.
  • Tiene algún tipo de visa americana disponible de inmediato.
  • Es el beneficiario de una petición de familiares en USA, una petición de trabajo o una certificación de condición laboral. Para este último el inmigrante debe haber sido presentado previo al 30 de abril de 2001. 
  • Estuvo físicamente presente en los EE. UU. el 21 de diciembre de 2000. Sin embargo, el inmigrante debió ser el beneficiario principal y que la petición se presentó entre el 15 de enero de 1998 y el 30 de abril de 2001.
  • Tiene actualmente un beneficio migratorio calificado (I-130 o 140 en original y está eximido bajo la cláusula de exención por antigüedad o por medio de una petición de inmigrante presentada posteriormente). O posee una solicitud ETA 750.

Dependiendo de las circunstancias, el hijo o el cónyuge de un inmigrante que tiene la cláusula de exención también podría estar exento. Asimismo, también podría ser elegible para ajustar su estatus como dependiente bajo la sección 245(i) de INA.

Presentación de la petición o la certificación de condición laboral bajo la ley 245(i) de inmigración

Las presentaciones de la certificación de condición laboral o las peticiones para ser elegible bajo la sección 245(i) deben estar «debidamente presentadas». Esto quiere decir que:

  • Los documentos presentados tienen que estar firmados y presentados con las tarifas correctas.
  • Deben ser «aprobables» al momento de la presentación. Esto significa que los documentos tienen que ser de posible aprobación, que estén justificados a base de hechos y no sean frívolos.
  • Además de esto, el inmigrante debió presentar su solicitud a tiempo (antes del 30 de abril de 2001) y cumplir con todos los demás requisitos. Por ejemplo, tenía cualidades para la aprobación al momento de realizar la presentación.

Se debe tener en cuenta que incumplir con el pago de las tarifas o el de las firmas, llevarían a la descalificación de las peticiones y/o certificación.

¿Qué pasa si mi petición o certificación de condición laboral bajo la ley 245(i) es retirada, denegada o revocada?

Un inmigrante puede ser eximido bajo la cláusula de exención si la petición de visa o la certificación de condición laboral era de posible aprobación al momento de su presentación. 

No obstante, para seguir siendo elegible a la ley 245(i), las circunstancias que cambiaron debieron estar relacionadas con situaciones fuera del control del inmigrante. 

Una solicitud puede llegar ser retirada, denegada o revocada si:

  • El inmigrante retira la petición.
  • USCIS o el antiguo Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) fue quien denegó o revocó la solicitud después de ser aprobada.
ley de los 10 años en inmigración

En los EE. UU. existen varios alivios migratorios disponibles para los extranjeros. Sin embargo, en algunos casos, es posible que abogados sin escrúpulos se aprovechen de ellos para tratar de sacarle dinero a los inmigrantes. Uno de estos escenarios es la supuesta ley de 10 años en inmigración. Visite nuestro artículo para conocer más sobre este tema.

¿Qué pasa con el proceso de la ley 245(i) de inmigración si un empleador no puede mantener la petición o el peticionario fallece?

El inmigrante puede permanecer exento si la petición o certificación de condición laboral fue de posible aprobación al momento de su presentación. De ser así, el inmigrante estará exento si:

  • El empleador o peticionario retira la petición o certificación de condición laboral.
  • El empleador o peticionario no puede mantener otra manera la certificación de condición laboral o la petición.
  • Se cierra el negocio del empleador que presentó la certificación o petición.
  • Fallece el empleador o peticionario.
  • El cónyuge que presentó la solicitud se divorcia del inmigrante.

Si usted desea obtener más información respecto a las solicitudes de divorcio en relación a la residencia permanente, visite nuestro artículo «Puedo perder mi residencia permanente si me divorcio«.

estados que dan licencias a indocumentados

De igual manera, no todos los estados son tan exigentes para los inmigrantes, algunos estados ofrecen licencias para indocumentados. Si usted se encuentra en California, visite nuestra publicación sobre la licencia de conducir en California para indocumentados.

¿Cómo se solicita el beneficio migratorio 245(i)?

El proceso para aplicar a la Sección 245(i) es el siguiente:

Presentar la solicitud de ajuste de estatus a través del Formulario I-485, junto con los demás documentos de soporte de la solicitud:

  • 2 fotos tipo pasaporte.
  • Formulario G-325A de información biográfica.
  • Copia de documento de identificación con foto emitido por el gobierno.
  • Copia del certificado de nacimiento.
  • Copia de la página del pasaporte que contiene la visa de no-inmigrante (si es el caso).
  • Copia de la página del pasaporte con el sello de entrada o bien sello de permiso de ingreso.  
  • Formulario I-693, informe médico y registro de vacunas.
  • Formulario I-94, registro de entrada y salida (si se solicita).
  • Formulario I-864, declaración jurada de patrocinio económico (si se solicita).
  • Petición de visa de inmigrante que se presentó junto con el Formulario I-797, notificación de acción. Ya sea que esté aprobada o en trámite y es utilizada como base para solicitar el ajuste de estatus. Esto en caso de que no se esté ajustando el estatus basado en una petición de inmigrante exenta.
  • Pago de tarifa de presentación del formulario I-485.
    • Completar y enviar el Suplemento A del formulario I-485 junto con:
    • Copia de la petición de inmigrante; o 
    • Certificación de condición laboral; o 
    • Formulario I-797, Notificación de Acción, utilizado como base para la exención con arreglo a la protección 254(i).
    • Evidencia de haber estado presente físicamente en EE. UU. el 21 de diciembre de 2000 (si se solicita).
    • Pago de tarifa de $1,000 (si se solicita).

Anteriormente se debía presentar también el Formulario I-944, declaración de autosuficiencia. Sin embargo, después del 9 de marzo del 2021 este documento fue descontinuado y ya no es necesario presentarlo.

¿Puedo solicitar una autorización de empleo y de viaje bajo la ley 245(i) de inmigración?

Por lo general, cuando un inmigrante posee un formulario I-485 en trámite, puede conseguir un permiso de trabajo en los Estados Unidos. Para ello, debe presentar ante USCIS el Formulario I-765, solicitud de autorización de empleo. 

  • También es posible que los inmigrantes presenten un documento de permiso adelantado mediante el Formulario I-131, solicitud de documento de viaje. 
  • Este documento le permite a los inmigrantes comparecer en un puerto de entrada en los EE. UU. y solicitar un permiso de permanencia temporal (parole). 

Si se tiene que salir de los EE. UU. temporalmente mientras que el formulario I-485 está en trámite, se puede:

  1. Consultar con nuestros abogados de inmigración, o 
  2. Leer las instrucciones de USCIS (en inglés) para solicitar un documento de viaje.

De salir de los EE. UU. mientras está el I-485 en trámite y no se solicita un documento de permiso adelantado, USCIS considerará que el inmigrante abandonó su solicitud.

¿Le acaba de enviar un paquete a USCIS? Visite nuestro artículo sobre cuánto tarda el NVC en dar una cita y así conocer los tiempos estimados. También puede indagar sobre cómo saber si USCIS recibió mi paquete para estar seguro sobre el estatus de su trámite.

Ajuste de estatus según la ley 245(i) de inmigración

La Sección 245(i) INA no debe ser considerada una amnistía. Dicho de otro modo, no significa un perdón migratorio por presencia ilegal o cualquier otra violación a la ley. 

  • Contrariamente a lo que se cree, la presencia ilegal continuará acumulándose hasta que presente una solicitud de ajuste de estatus. 
  • Tampoco la protección 245(i) impide un proceso de remoción o deportación por parte del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE).
  • De igual manera, una petición o solicitud de certificación laboral bajo la ley 245 (i) no autoriza la estadía legal del inmigrante, según las normas del Departamento de Seguridad Nacional.
    • Insistimos, para que cese la acumulación de presencia ilegal debe primero presentar correctamente una solicitud de ajuste de estatus.
      • Pero dicha solicitud con arreglo a la sección 245 (i), puede no ser suficiente para impedir otras causales de inadmisibilidad. 
  • A menos que el inmigrante obtenga previamente una exención para la causal de inadmisibilidad, no podrá ajustar su estatus. 
  • La sección 245(i) solo ofrece al inmigrante la posibilidad de presentar el ajuste de estatus sin tener que salir de EE. UU.

Cronología sobre la sección 245(i) de INA

  1. En el año 1994, el congreso de los EE. UU. decretó la sección 245(i) de INA, la cual permite a ciertos individuos ajustar su estatus sin la necesidad de salir del país. 
  2. Antes de que se decretaran las enmiendas de la ley LIFE, el plazo para mantener la elegibilidad del ajuste de estatus bajo la sección 245(i) había finalizado. Esto sería el 14 de enero de 1998. 
  3. Posterior a esto, solo los individuos bajo la cláusula de exención eran elegibles para ajustar su estatus. La fecha límite de esta sección cambió en varias ocasiones, hasta que el presidente Clinton firmó una disposición para cambiar su naturaleza.
  4. Esta disposición eximía a aquellos individuos que estaban en los EE. UU. para quienes habían presentado una solicitud de una visa de inmigrante o certificación laboral. Sin embargo, la solicitud debió ser en o antes del 14 de enero de 1998.
  5. El 21 de diciembre del 2000, las enmiendas de la ley LIFE restauraron de manera temporal la elegibilidad de la sección 245(i) al sustituir la fecha límite anterior. Esto sustituye la fecha de 14 de enero de 1998 a la nueva fecha de 30 de abril de 2001.

Como hemos explicado, la sección 245(i) exime tanto a los individuos como a las solicitudes presentadas para estos. La base del ajuste final de un individuo exento no se limita a la solicitud presentada para mantener la elegibilidad del ajuste.

Por lo tanto, la solicitud del ajuste de estatus de un inmigrante, puede basarse en cualquier disposición de ajuste disponible al momento de realizarlo.

¿Por qué el Congreso creó la sección 245(i)?

El Congreso creó la sección 245(i) para brindarle a ciertos inmigrantes admitidos en EE. UU. una oportunidad de que ajustaran su estatus sin la necesidad de salir del país. Esto permitiría que obtuvieran su estatus legal, siempre que fueran elegibles para la Green Card.

¿Usted ya es residente permanente? Si cumple con los requisitos para hacerse ciudadano americano podrá naturalizarse en este país. Para ello, le invitamos a leer las 100 preguntas de la ciudadanía en español.

La ley 245(i) de inmigración brindada por abogados expertos en inmigración de California 

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