Gracias a la ley 245(i) de inmigración, miles de inmigrantes indocumentados pueden tener la oportunidad de convertirse en residentes permanentes legales en USA sin salir del país.
Nuestros abogados de inmigración en Los Ángeles, CA, de Abogado.LA, pueden guiarle en cada paso de este proceso, asegurando que cumpla con los criterios y plazos necesarios.
Todo sobre la Ley 245(i) de inmigración en detalle para 2024
La Ley 245(i) de inmigración ofrece una oportunidad valiosa para que ciertos inmigrantes indocumentados realicen el ajuste de estatus migratorio y obtengan la residencia permanente legal.
Esta disposición permite a quienes no cumplen con los requisitos normales de ajustar su estatus, puedan acceder a un camino hacia la legalización.
A pesar de su complejidad, la sección 245(i) puede resultar beneficiosa para aquellos que cumplan con los criterios establecidos.
Para navegar adecuadamente este proceso y maximizar sus posibilidades de éxito, es recomendable contar con la asesoría de profesionales en inmigración. En Abogado.LA, nuestros abogados están preparados para guiarle a través de este proceso.
¿Qué significa la ley 245(i) de inmigración?
La ley 245(i) de inmigración proviene de la Ley de Equidad para las Familias de Inmigrantes Legales (LIFE) y sus enmiendas de 2000.
Como mencionamos, esta legislación ofrece una vía para aquellos que no cumplen los requisitos para solicitar el ajuste de estatus. Por ejemplo:
- Haber ingresado al país ilegalmente;
- Trabajar sin autorización; o
- No han mantenido un estatus legal continuo.
Para calificar, es necesario ser beneficiario de una solicitud de certificación laboral en EE. UU. o una petición de familiares o laboral presentada antes del 30 de abril de 2001.
Además, se debe completar el Suplemento A del Formulario I-485 y presentarlo junto con el Formulario I-485. Esta presentación debe incluir una tarifa adicional de $1,000 en la mayoría de los casos.
¿Cuál es la historia de la ley 245(i) de inmigración?
La Ley 245(i) de inmigración fue aprobada en 1994 para permitir que ciertas personas, no elegibles para ajustar su estatus en EE. UU., lo hagan mediante el pago de una multa.
Inicialmente, el plazo vencía en enero de 1998, pero en 2000 se amplió temporalmente hasta el 30 de abril de 2001 bajo la ley LIFE.
Esta última enmienda añadió el requisito de que el solicitante estuviera en EE. UU. el 21 de diciembre de 2000.
¿Cómo saber si estoy protegido por la ley 245(i) de inmigración?
Para saber si está protegido por la ley 245(i) de inmigración, debe cumplir con ciertos requisitos claves:
- Tiene una petición familiar o laboral presentada antes del 30 de abril de 2001;
- Ha estado físicamente presente en los Estados Unidos el 21 de diciembre de 2000. Además, su petición fue presentada entre el 15 de enero de 1998 y el 30 de abril de 2001;
- Cuenta con una visa disponible de inmediato;
- Es admisible a los Estados Unidos. De no serlo, puede que sea elegible para solicitar un perdón migratorio.
Nota: Existe una cláusula de exención por antigüedad que permite a ciertos beneficiarios mantener su elegibilidad para ajustar su estatus, incluso si su petición se presentó después de la fecha límite. Los cónyuges e hijos del beneficiario pueden ser elegibles también.
Requisito de presentación para la Ley 245(i) de Inmigración
Para ser elegible bajo la ley 245(i), las certificaciones de condición laboral o peticiones de visa deben estar “debidamente presentadas”. Esto significa que deben incluir la firma y las tarifas correctas.
Además, deben ser “aprobables” en el momento de su presentación, es decir, justificadamente válidas y no frívolas.
Es fundamental que la solicitud haya sido presentada antes del 30 de abril de 2001 y que cumpla con todos los requisitos sustanciales en el momento en que fue presentada. Cualquier omisión, descalifica automáticamente la solicitud.
¿Qué documentos necesito para solicitar el ajuste de estatus bajo la ley 245(i) de inmigración?
Para solicitar el ajuste de estatus bajo la ley 245(i) de inmigración, necesitará presentar los siguientes documentos junto con el Formulario I-485:
- Dos fotografías tamaño pasaporte;
- Formulario G-325A;
- Copia de una identificación con foto emitida por el gobierno;
- Copia del certificado de nacimiento;
- Copia de la página del pasaporte que contiene la visa de no-inmigrante;
- Copia de la página del pasaporte con el sello de admisión o sello de un parole;
- Permiso I-94;
- Formulario I-693;
- Formulario I-864;
- Formulario I-944;
- La petición de visa de inmigrante presentada simultáneamente, junto con el Formulario I-797 de la petición de visa que está en trámite o aprobada;
- La tarifa de presentación del Formulario I-485.
- Suplemento A del Formulario I-485, que debe incluir una copia de la petición o de la forma I-797.
Estos suelen ser los documentos que normalmente requerirá. Sin embargo, no dude en contactar con nuestros abogados para obtener asistencia personalizada y asegurarse de que su solicitud esté completa y correcta.
¿Puedo trabajar o viajar bajo la ley 245(i) de inmigración?
Si está protegido por la ley 245(i) y tiene un Formulario I-485 en trámite, puede solicitar autorización de empleo en los Estados Unidos presentando ante USCIS el Formulario I-765.
Esta autorización le permite trabajar legalmente mientras su solicitud de ajuste de estatus está en proceso.
Para viajar fuera del país, puede solicitar un documento de permiso adelantado mediante el Formulario I-131. Este permiso le permite salir y regresar a los Estados Unidos temporalmente sin abandonar su solicitud de ajuste de estatus.
Nota: Si sale sin este documento mientras su Formulario I-485 está en trámite, podría considerarse que abandonó su solicitud.
¿Qué se entiende por ley de inmigración y nacionalidad (INA)?
La ley de inmigración y nacionalidad (INA) es el marco legal que regula la inmigración en Estados Unidos.
Esta define los procedimientos de admisión y estadía para los inmigrantes, estableciendo:
- Quiénes pueden ingresar;
- Cuánto tiempo pueden permanecer; y
- Bajo qué tipo de condiciones.
También contempla sanciones para quienes permanecen en el país más tiempo del autorizado en sus tipos de visas americanas.
¿Puedo obtener la Green Card mediante la ley 245(i) de inmigración?
Si cumple con los requisitos para el ajuste de estatus bajo la ley 245(i), es posible solicitar una Green Card.
Sin embargo, es fundamental entender que, aunque su solicitud de ajuste sea aprobada, pueden ser necesarios pasos adicionales antes de que se le otorgue la Green Card.
Por ende, contar con un abogado de inmigración con experiencia puede ser de gran utilidad para guiarle en cada etapa del proceso, asegurando que todo se maneje de manera precisa y eficiente.
Nota: Ser elegible para la ley 245(i) de inmigración no le otorgará inmediatamente la residencia permanente legal.
Preguntas frecuentes sobre la ley 245(i) de inmigración
¿Debo pagar una tarifa adicional para aplicar bajo la ley 245(i) de inmigración?
En la mayoría de los casos, se requiere pagar una tarifa adicional de $1,000 junto con el Formulario I-485.
La tarifa de $1,000 es una multa que ciertos inmigrantes deben pagar al solicitar el ajuste de estatus dentro del país.
Esta disposición fue creada para ayudar a los inmigrantes que están fuera de estatus, permitiéndoles regularizarse sin salir de EE. UU. y así evitar ciertas penalidades de reingreso (como la prohibición de 3 o 10 años).
Le recordamos que no existe ninguna ley de los 10 años en inmigración, por lo que si le proponen esta legislación para legalizar su estatus, lo más seguro es que sea un fraude. Visite nuestro artículo para más información.
¿Qué pasa si retiro mi solicitud de ajuste de estatus bajo la ley 245(i)?
Si decide retirar su solicitud o si USCIS la deniega o revoca después de su aprobación, aún podría calificar bajo la cláusula de exención.
Esto aplica siempre que su petición de visa o certificación laboral haya sido “aprobable en el momento de la presentación”, es decir, que tuviera una posibilidad real de ser aprobada cuando se presentó.
Para mantener la elegibilidad, cualquier cambio en su situación debe estar relacionado con factores fuera de su control y no con la calidad de su solicitud en el momento de presentarla.
¿Qué pasa si el peticionario fallece o el empleador no puede continuar con la solicitud?
Si el peticionario fallece o el empleador no puede continuar con la solicitud, usted puede permanecer exento, siempre que la petición haya sido “aprobable en el momento de su presentación”. Esto también incluye si se presentan los siguientes escenarios:
- Se produce un divorcio entre usted y el cónyuge que presentó la solicitud;
- El negocio del empleador que presentó la solicitud cierra;
- El peticionario o el empleador decide retirar la petición o la certificación de condición laboral;
- El peticionario o el empleador no puede mantener la petición o la certificación de condición laboral por otros motivos.
En tales casos, su elegibilidad para el ajuste de estatus podría mantenerse.
¿Cuánto tiempo tarda en tramitarse el ajuste de estatus bajo la sección 245(i)?
El tiempo que se necesita para procesar el ajuste de estatus bajo la ley 245(i) puede variar según el tipo de tarjeta de residencia solicitada. Eso sí, factores como los errores en la solicitud o la falta de documentación suficiente pueden alargar el proceso.
Además, es importante tener en cuenta que USCIS a menudo tiene una acumulación de casos pendientes, lo que puede causar retrasos adicionales en la tramitación de su solicitud.
¿Puedo seguir acumulando presencia ilegal si ya estoy protegido bajo la sección 245(i)?
Sí, aunque esté protegido por la Ley 245(i), la acumulación de presencia ilegal continúa hasta que presente formalmente una solicitud de ajuste de estatus.
La Ley 245(i) le permite ajustar su estatus, pero no detiene el conteo de presencia ilegal ni ofrece protección contra la deportación. Esto significa que, si está en el país sin estatus legal, seguirá acumulando presencia ilegal hasta que ajuste su estatus.
Asimismo, le recordamos que si acumula 180 días o más de presencia ilegal y luego sale de EE. UU. se activará una prohibición de reingreso de 3 a 10 años. Esta prohibición generalmente no se elimina con la ley 245(i).
¿Cómo pueden ayudarme los abogados de inmigración de Los Ángeles, California de Abogado.LA?
Los abogados de inmigración de Los Ángeles en Abogado.LA están aquí para ayudarle a navegar el proceso de renovación de su Green Card o a presentar su solicitud de ajuste de estatus bajo la Sección 245(i).
Con una mezcla de experiencia y compromiso, nuestro equipo le guía de manera segura a través de los complejos trámites de inmigración en Estados Unidos.
La Sección 245(i) permite a ciertos solicitantes calificar para el ajuste de estatus, aunque el proceso pueda ser desafiante.
Nuestros abogados le explicarán cada paso, desde la elegibilidad hasta la preparación y presentación de su solicitud, asegurando que comprenda plenamente sus opciones y reciba el apoyo necesario para alcanzar sus metas migratorias. Llámenos hoy mismo.