Saber qué es un ajuste de estatus migratorio es fundamental para quienes desean obtener la residencia permanente legal sin salir de Estados Unidos.
En la práctica, el ajuste de estatus migratorio es el proceso de USCIS que permite solicitar la Green Card dentro del país y, en muchos casos, evitar los castigos de 3 o 10 años. Dicho de forma sencilla, es la vía para “arreglar papeles” desde dentro de EE. UU. cuando la persona ya cuenta con una base legal para pedir la residencia.
A continuación, conocerá cómo funciona, quién puede solicitarlo y cuáles son las diferencias con el trámite consular, un punto que muchos inmigrantes confunden.
Aquí encontrará una explicación clara y práctica para descubrir si usted puede ajustar estatus dentro de EE. UU, así como los requisitos y beneficios que debe tener en cuenta antes de iniciar el trámite.
Qué es considerado un proceso de ajuste de estatus migratorio
El ajuste de estatus migratorio es el trámite que realiza USCIS para que ciertas personas puedan obtener la Green Card sin salir de Estados Unidos, cambiando su estatus actual (visitante, estudiante, trabajador o beneficiario humanitario) al de residente permanente legal.
Este trámite se hace presentando el Formulario I-485 directamente ante USCIS. En la mayoría de los casos, el solicitante debe cumplir tres requisitos básicos:
- Estar físicamente en EE. UU. después de una entrada legal o estar amparado por la Ley 245(i) migratoria.
- Tener una visa de inmigrante disponible, según el Boletín de Visas y su fecha de prioridad (en algunos casos).
- Ser admisible a EE. UU. es decir, no tener ciertas infracciones migratorias graves o antecedentes que lo descalifiquen.

Este camino evita los riesgos del trámite consular, ya que todo ocurre dentro del país. Además, permite solicitar un permiso de trabajo por ajuste de estatus mediante el Formulario I-765 (también puede ser posible solicitar un permiso de viaje).
Un ejemplo común es el ajuste de estatus con visa de turista. Si una persona entró con una visa válida y después se casó con un ciudadano estadounidense, puede presentar el I-485 dentro de EE. UU. sin salir del país.
No obstante, para que el caso sea aprobado, debe demostrar que no tenía intención migratoria al ingresar, ya que USCIS puede presumir algún tipo de fraude migratorio.
Diferencias entre ajuste de estatus y trámite consular
Aunque ambos procesos llevan a la residencia, no son lo mismo. La mejor opción depende de dónde está el solicitante, cómo entró a EE. UU. y si cuenta con alguna excepción legal.
| Ajuste de estatus (dentro de EE. UU.) | Trámite consular (fuera de EE. UU.) |
| Se presenta el I-485 ante USCIS. | El caso pasa al NVC y luego al consulado. |
| El solicitante está en EE. UU. | El solicitante se encuentra fuera del país. |
| Entrada legal o protegida por 245(i), TPS o VAWA. | Entrada sin visa ni excepción válida. |
| Evita castigos de 3/10 años. | Puede activar castigos por presencia ilegal. |
| Permite pedir permiso de trabajo. | No se puede trabajar hasta entrar como residente. |
Los inmigrantes con orden de deportación o entradas irregulares suelen necesitar una cancelación de deportación o, en muchos casos, un trámite consular. En cambio, quienes están protegidos por programas como el TPS en Estados Unidos o el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJ) pueden ajustar su estatus dentro del país. Eso sí, deben cumplir los requisitos legales de su categoría.
Requisitos generales en 2025 para ajustar estatus dentro de Estados Unidos
Para iniciar un ajuste de estatus migratorio ante USCIS en 2025, el solicitante debe cumplir una serie de requisitos actualizados que determinan si puede proceder con el trámite desde dentro del país.
No todas las personas que viven en Estados Unidos califican, por lo que es importante revisar cada punto antes de presentar el I-485. Estos son:

1. Estar físicamente en EE. UU.
El ajuste de estatus solo se puede presentar desde dentro del país. Si el solicitante está fuera, debe usar el proceso consular paso a paso.
2. Haber ingresado legalmente o contar con una excepción
La mayoría de los solicitantes deben demostrar que fueron inspeccionados y admitidos, o que recibieron parole al entrar a EE. UU.
Si la entrada fue sin inspección, solo podrá ajustar si califica bajo la Ley 245(i), VAWA, SIJ, o en algunos casos bajo TPS.
3. Tener una visa de inmigrante disponible
Debe existir una visa disponible al momento de presentar el I-485 y al momento de que USCIS tome una decisión final.
Esto se verifica mediante el Boletín de Visas, utilizando la fecha de prioridad del caso. Cuando la categoría está vigente, USCIS permite presentar el I-485 y, por lo general, el I-765 para solicitar el permiso de trabajo por ajuste de estatus.
4. Ser admisible ante la ley migratoria
El solicitante debe ser admisible bajo las normas de inmigración. Ciertos delitos, fraudes, presencia ilegal extensa u otras violaciones pueden causar inelegibilidad.
En algunos casos, será necesario el uso de perdones migratorios para superar estos problemas.
5. Contar con una base aprobada
Debe existir una base legal que permita solicitar la residencia:
- Una petición familiar en USA aprobada.
- Una petición laboral.
- Una categoría especial como asilo o programas humanitarios.
Cuando todos estos requisitos se cumplen, la persona puede presentar el I-485 y permanecer en un período de estadía autorizada mientras USCIS procesa su solicitud.
Quién no puede ajustar estatus y principales excepciones
Existen varios escenarios en los que una persona no califica para el ajuste de estatus migratorio. Los motivos más frecuentes de inelegibilidad, incluyen:
- Haber entrado sin inspección y no estar protegido por la ley 245(i) u otra excepción.
- Haber trabajado sin autorización o haber perdido el estatus legal en categorías donde esto sí descalifica, y no contar con una excepción que permita ajustar pese a esa situación (por ejemplo, ley 245(i), VAWA o programas similares).
- Ser tripulante o tener ciertas visas limitadas, como muchas personas con visas C o D, o categorías excluidas expresamente por la ley.
- Participar en actividades que afecten la seguridad nacional o que lo hagan inadmisible por motivos de terrorismo u otros factores graves.

Aún así, siguen existiendo excepciones clave que permiten ajustar dentro de Estados Unidos en casos que, de otro modo, estarían bloqueados:
Ley 245(i)
Permite ajustar dentro del país aunque la entrada haya sido sin visa o se haya perdido estatus, siempre que:
- Exista una petición familiar (I-130) o laboral (I-140) presentada en o antes del 30 de abril de 2001, y
- Se pague una multa de $1,000.
VAWA (Violence Against Women Act)
Autoriza a víctimas de violencia doméstica por parte de un cónyuge, padre o hijo ciudadano o residente a presentar su propio caso y ajustar su estatus.
Esto puede hacerse incluso si entraron sin inspección o quedaron fuera de estatus, sin depender del agresor.
TPS (Temporary Protected Status)
El TPS no otorga por sí solo la residencia pero en algunos casos, un viaje autorizado con advance parole puede contar como una entrada legal.
Por eso, la elegibilidad con TPS es muy técnica y conviene que un abogado revise si su caso concreto permite usar el TPS como base para ajustar.
SIJS (Estatus Especial de Inmigrante Juvenil)
Los menores de 21 años que han sufrido abandono, maltrato o negligencia de uno o ambos padres y obtienen el SIJS pueden ajustar estatus tras la aprobación de USCIS.
Vías más comunes para solicitar el ajuste de estatus migratorio en Estados Unidos
El ajuste de estatus migratorio se puede pedir desde dentro de EE. UU. cuando existe una base válida reconocida por USCIS. Estas son las rutas más usadas actualmente:
1. Por matrimonio con un ciudadano o residente
Es la vía más frecuente. Aplica cuando el extranjero está casado con un ciudadano estadounidense o, en ciertos casos, con un residente permanente legal.
- Si el matrimonio es con un ciudadano, el ajuste puede hacerse aunque la persona haya perdido estatus.
- Si es con un residente, se debe esperar la disponibilidad de visa en la categoría F2A.
- En ambos casos se requiere una entrevista ante USCIS, aunque algunos procesos se aprueban sin entrevista cuando la evidencia es sólida y no hay dudas de fraude.
- Se recomienda prepararse bien para las preguntas para residencia por matrimonio para evitar retrasos.
2. Por hijo ciudadano mayor de 21 años
Los ciudadanos mayores de 21 años pueden pedir la residencia para sus padres que estén en el país.
- Si el padre o madre entró legalmente, el ajuste puede presentarse con el I-130 y el I-485 juntos.
- Si hubo entrada irregular, podría aplicarse la ley 245(i) o un perdón migratorio según el caso.

Puede obtener más detalles sobre este tipo de petición en “Qué tiempo dura un residente para pedir a su hijo”.
3. Petición familiar en general
Incluye peticiones entre cónyuges, hijos, padres y hermanos de ciudadanos o residentes.
- Es necesario revisar la fecha de prioridad para saber si hay visa disponible.
- USCIS evalúa el vínculo y la admisibilidad antes de aprobar el I-485.
4. Por asilo
Quienes obtuvieron asilo político en EE. UU. pueden pedir la residencia un año después de la aprobación del asilo, siempre que mantengan su condición y no hayan regresado a su país.
5. Por visa U
Las víctimas de ciertos delitos que cooperaron con las autoridades y poseen visa U pueden pedir la residencia después de tres años de presencia continua en el país.
También sus familiares directos pueden beneficiarse bajo esta categoría. Vea más información en visa U sin estatus legal.
6. Por empleo o inversión
Los trabajadores con una I-140 aprobada o los inversionistas con una I-526 pueden solicitar el ajuste cuando su categoría está vigente en el boletín de visas.
También aplica para programas especiales como la certificación laboral en EE. UU.
Ajuste de estatus con visa de turista: cuándo es posible y cuándo puede considerarse fraude migratorio
El ajuste de estatus con visa de turista genera muchas dudas. Tener una visa B-2 no da, por sí solo, el derecho a obtener la residencia porque esta visa se otorga solo para viajes temporales.
Sin embargo, en ciertos casos sí es posible ajustar el estatus. Por ejemplo:
- Si el extranjero entró legalmente con su visa B-2 y, después de la entrada, se casó legalmente con un ciudadano estadounidense.
- Si el matrimonio o la solicitud de ajuste ocurre dentro de los primeros 90 días del ingreso, USCIS suele analizar con más detalle la intención de entrada, aplicando la llamada “regla de los 90 días”.
- Cuando la relación es auténtica y se presenta evidencia suficiente (fotos, cuentas conjuntas, contrato de arriendo, declaraciones juradas, etc.), el ajuste puede aprobarse e incluir el permiso de trabajo por ajuste de estatus.
Por el contrario, si USCIS determina que la persona mintió o planeó el matrimonio solo para obtener beneficios migratorios, el caso puede ser denegado por fraude. Visite “Matrimonios fraudulentos en Estados Unidos” para más información.
Documentos y formularios necesarios para completar el ajuste de estatus migratorio
Quien desea tramitar el ajuste de estatus migratorio debe presentar ante USCIS el I-485 junto a otros formularios y evidencias que demuestren su elegibilidad.
Formularios principales
Entre los principales formularios son:
- I-485: Solicitud de residencia permanente o ajuste de estatus.
- I-130: Petición de familiar extranjero (cuando aplica).
- I-864: Declaración jurada de sostenimiento económico (Affidavit of Support).
- I-765: Solicitud de permiso de trabajo por ajuste de estatus.
- I-693: Examen médico e informe de vacunación, que debe ir en sobre sellado.
- I-131: Solicitud de permiso adelantado de viaje (Advance Parole).
Evidencias adicionales
Además de las formas anteriores, recuerde tener a mano los siguientes:
- Copia del pasaporte y de la visa o del permiso I-94.
- Copia del acta de nacimiento traducida al inglés.
- Dos fotografías tipo pasaporte recientes.
- Pruebas del vínculo familiar, laboral o humanitario (por ejemplo, una petición familiar en USA aprobada).
- Historial médico actualizado mediante el I-693.
- Pago de tarifas y recibos de USCIS.
Además, puede ser necesario enviar evidencia adicional si USCIS emite una solicitud de pruebas (RFE). Para saber cómo responder correctamente conviene revisar el artículo “Cómo saber si USCIS recibió mi paquete”.
Costos y tiempos de espera del ajuste de estatus en 2025
En 2025, los costos y los tiempos de procesamiento del ajuste de estatus migratorio dependen de la edad del solicitante, la categoría del caso y la oficina local de USCIS.
Además, algunas tarifas cambiaron este año y USCIS está implementando una transición hacia pagos totalmente electrónicos.
Costos aproximados
(Los siguientes valores son referenciales porque las tarifas exactas dependen de la fecha en que USCIS aplique la regla final de tarifas).
| Concepto | Tarifa USCIS 2025 |
| Formulario I-485 (mayores de 14 años) | alrededor de $1,440. |
| Formulario I-765 (permiso de trabajo) | Varía según la categoría pero oscila los $260. |
| Formulario I-131 (permiso de viaje) | $630 |
| Examen médico (I-693, médico civil autorizado) | Variable $200–$500 |
El pago puede hacerse por giro postal, cheque a nombre de U.S. Department of Homeland Security o tarjeta de crédito con el Formulario G-1450.
Tiempos de espera promedio 2025
| Tipo de caso I-485 | Tiempo promedio de resolución |
| Por matrimonio con ciudadano | Entre 8 y 14 meses |
| Padres ciudadanos | Entre 9 y 15 meses |
| Por petición familiar F2A/F3/F4 | Depende del boletín de visas |
| Por asilo o visa U | Entre 12 y 24 meses |
| Ajuste de estatus sin entrevista | Menos de 9 meses (en casos con pruebas sólidas) |
Durante el proceso, el solicitante puede trabajar legalmente si recibe su permiso de trabajo por ajuste de estatus. Además, puede viajar solo si tiene el advance parole aprobado. Salir sin ese permiso puede considerarse como abandono.

Para conocer retrasos o verificar el avance del caso, se recomienda revisar “Después de las huellas biométricas qué sigue”.
Qué hacer si me niegan el ajuste de estatus migratorio
Aunque se cumplan muchos requisitos, USCIS puede negar el ajuste de estatus migratorio por:
- Errores de elegibilidad;
- Documentos incompletos; o
- Información que no se declaró correctamente.
En estos casos, el solicitante tiene varias opciones, según el motivo de la decisión:
1. Revisar la causa de la negación
El aviso de USCIS siempre incluye el motivo exacto: Inadmisibilidad, pruebas insuficientes, fraude o error en el formulario. Antes de actuar, debe leerlo detenidamente y confirmar si el problema puede corregirse.
2. Presentar una nueva solicitud
En algunos casos, el inmigrante puede volver a presentar el I-485 si la base del caso sigue vigente.
Sin embargo, si el solicitante ya perdió estatus o salió del país, puede requerir un perdón migratorio antes de hacerlo.
3. Apelar o pedir reapertura del caso
USCIS permite presentar una moción o apelación mediante el Formulario I-290B dentro de los 30 días siguientes a la decisión.
Cuando existen pruebas nuevas o un error procesal, el oficial puede reabrir el expediente y revisar la solicitud.
4. Defender el caso ante un juez
Si la negación deriva en proceso de deportación, el inmigrante puede solicitar cancelación de deportación y ajuste de estatus ante la corte.
En esa instancia, es fundamental contar con asistencia legal especializada. Consulte los recursos legales ante deportación involuntaria para entender más sobre esto.
Beneficios y tabla comparativa del ajuste de estatus en 2025
El ajuste de estatus dentro de Estados Unidos ofrece ventajas claras frente al trámite consular. Entre ellos se encuentran:
- Obtener la Green Card sin salir del país.
- Solicitar simultáneamente el permiso de trabajo y el permiso de viaje.
- Evitar los castigos migratorios de 3 o 10 años por presencia ilegal.
- Permanecer junto a la familia mientras se procesa el caso.
- Acceder más tarde a la ciudadanía americana al cumplir los requisitos legales.
Tabla comparativa 2025
| Aspecto | Ajuste de estatus (EE. UU.) | Trámite consular (fuera del país) |
| Presentación del caso | Ante USCIS | Ante NVC / consulado |
| Permanencia durante el proceso | Puede seguir en EE. UU. | Debe salir del país |
| Tiempo promedio 2025 | 9 – 15 meses | 12 – 18 meses |
| Permiso de trabajo | Sí, con I-765 | No aplica |
| Riesgo de castigo migratorio | Bajo | Alto si hubo presencia ilegal |
| Entrevista | A discreción de USCIS | Obligatoria en consulado |
| Apelaciones | Ante USCIS o juez | Ante Departamento de Estado |
Estas diferencias explican por qué muchos inmigrantes que califican prefieren el ajuste de estatus.
Aún así, cuando no se cumplen los requisitos legales, el trámite consular sigue siendo la única vía disponible para obtener la residencia.
Si le interesa saber “Qué pasa si estoy ilegal en Estados Unidos” visite nuestro artículo en donde ahondamos sobre este tema.
Preguntas frecuentes sobre qué es un ajuste de estatus migratorio
Ahora hemos llegado a una de las partes más consultadas por nuestros lectores. A continuación encontrará respuestas claras y directas a las preguntas frecuentes sobre este tema.

¿Qué significa exactamente el ajuste de estatus migratorio?
Es el procedimiento mediante el cual una persona que ya vive en EE. UU. puede solicitar la residencia permanente sin tener que salir del país. Se hace presentando el Formulario I-485 ante USCIS.
¿Quiénes califican para el ajuste de estatus?
Pueden calificar quienes entraron legalmente al país o quienes estén amparados por leyes especiales como la ley 245(i), VAWA o TPS.
También es necesario que haya una visa de inmigrante disponible según el boletín de visas.
¿Qué documentos se necesitan?
Pasaporte, visa o permiso I-94, acta de nacimiento traducida, fotos tipo pasaporte, examen médico (I-693) y comprobante de la petición familiar o laboral.
¿Cuánto tarda el ajuste de estatus en 2025?
El promedio va de 9 a 15 meses, según la categoría del caso y la oficina local de USCIS. Algunos se aprueban sin entrevista cuando el expediente está completo y no hay dudas de elegibilidad.
¿Qué pasa si trabajo sin autorización antes de presentar el I-485?
Trabajar sin permiso puede afectar la elegibilidad. Aun así, ciertos casos pueden remediarse con la ley 245(i) o un perdón migratorio.
¿Puedo viajar mientras espero la aprobación?
Solo si tiene el permiso de viaje (Advance Parole). Salir del país sin él puede considerarse abandono de la solicitud.
¿Qué hacer si me niegan el ajuste?
Depende del motivo. Puede volver a presentar, apelar con el Formulario I-290B o solicitar cancelación de deportación ante un juez de inmigración.
¿Cuánto cuesta el proceso completo?
En 2025, la tarifa base estándar del Formulario I-485 es de alrededor de $1,440, aunque ciertos menores, refugiados y otras categorías humanitarias pueden estar exentos o tener tarifas reducidas.
La importancia de asesorarse legalmente antes de iniciar un ajuste de estatus migratorio
Comprender qué es un ajuste de estatus migratorio permite al inmigrante tomar decisiones informadas y evitar errores costosos.
Este trámite, cuando se hace correctamente, brinda la oportunidad de:
- Convertirse en residente permanente legal sin abandonar Estados Unidos;
- Mantener la unidad familiar; y
- Acceder a beneficios como el permiso de trabajo y la futura ciudadanía americana.
Antes de presentar cualquier solicitud, es esencial evaluar su elegibilidad con un buen abogado de inmigración. Un error en los formularios o una omisión en la evidencia puede derivar en negaciones o procesos de deportación.
En Abogado.LA, nuestros abogados de inmigración en Los Ángeles han ayudado a cientos de familias a completar con éxito su ajuste de estatus. Contáctenos hoy para analizar su caso y determinar el camino legal más adecuado para obtener su Tarjeta Verde.
