A través de una petición de familiares en USA, un peticionario estadounidense elegible puede solicitar de manera legal a sus familiares en el extranjero.
Estos trámites migratorios pueden ser complejos si se intentan realizar por cuenta propia. Para limitar los posibles errores en la solicitud, nuestros abogados de inmigración en Los Ángeles CA, están dispuestos a ayudar a todos sus clientes de una manera eficaz.
¿De qué forma se puede hacer una petición de familiares en USA en 2024?
La manera para realizar una petición de familiares en los Estados Unidos es mediante la presentación a USCIS del Formulario I-130, petición de familiar extranjero. Esto se puede hacer de manera electrónica o por correo.
- Este formulario puede ser presentado por un ciudadano estadounidense o residente permanente en USA. Sin embargo, el peticionario debe demostrar la relación que posee con su familiar elegible.
- La presentación de esta forma es el primer paso para que el familiar elegible pueda inmigrar a los EE. UU. y conseguir una Green Card. Se debe tener en cuenta que esta presentación no le otorga al familiar elegible un estatus o beneficio migratorio.
- USCIS aprobará esta solicitud si el peticionario logra demostrar la relación existente entre este y el familiar extranjero elegible.
- Con frecuencia, después de que se aprueba la petición, el familiar elegible puede solicitar la Green Card. Para ello, debe presentar a USCIS el Formulario I-485, solicitud de registro de residencia permanente o ajuste de estatus.
Los familiares elegibles deben esperar hasta que exista un número de visa disponible antes de realizar el ajuste de estatus migratorio o solicitar una visa estadounidense. Todo esto depende si el extranjero se encuentra dentro o fuera de los EE. UU.
Para conocer más sobre los diferentes tipos de visa americana, consulte nuestro artículo respectivo a este tema.
Siga leyendo con nosotros, que a continuación, explicaremos si un ciudadano estadounidense puede solicitar a un familiar y cómo hacerlo.
¿Qué familiares se pueden pedir desde Estados Unidos?
Tanto los ciudadanos como los residentes americanos pueden pedir a sus familiares elegibles en el extranjero. Sin embargo, se debe tener en cuenta lo siguiente:
- Los ciudadanos americanos pueden pedir a sus cónyuges, padres y hermanos.
- Los residentes permanentes solo pueden pedir a su cónyuge e hijos solteros.
A continuación, dividiremos los familiares que se pueden solicitar dependiendo del tipo de beneficio de inmigración a conseguir:
Tarjeta Verde
Los familiares a los que se pueden peticionar para la Green Card se encuentran:
- Hermanos.
- Cónyuge.
- Padres.
- Hijos e hijas solteros y menores de 21 años de edad.
- Hijos e hijas casados y/o de 21 años de edad o más.
Es importante tener en cuenta que para solicitar a los hermanos y/o padres, el peticionario debe tener 21 años de edad.
Además, es posible que aparte del formulario I-130 y el I-485, se deba presentar ante USCIS el Formulario I-864, declaración jurada de patrocinio económico bajo la sección 213A de la ley. Para más información, se debe comunicar con nuestros abogados.
Visa de prometido
Los peticionarios estadounidenses pueden solicitar a su prometido si reside fuera de los EE. UU. De igual manera, también pueden pedir a los hijos menores de 21 años del prometido.
De realizar esta petición, el peticionario debe presentar ante USCIS el Formulario I-129F, petición para prometido(a) extranjero.
Si usted es un residente permanente y desea saber más sobre las peticiones hacia los prometidos, visite nuestro artículo sobre «Un residente permanente puede pedir a su novia».
Visa de No Inmigrante K-3/K-4
Los peticionarios estadounidenses pueden solicitar a:
- Su cónyuge, y
- Los hijos de su cónyuge si son solteros y menores de 21 años.
Esta petición requiere la presentación de los formularios I-130 y el I-129F ante USCIS. Asimismo, enfatizamos que estos trámites suelen ser complejos, puesto que se realiza una investigación para evitar los matrimonios fraudulentos en Estados Unidos.
Una de las maneras para evitar esto, es mediante las preguntas para la residencia por matrimonio.
No obstante, se debe tener cuidado, ya que de haber un divorcio en plena tramitación a la residencia podría afectar la solicitud. Visite nuestro artículo “Puedo perder mi residencia permanente si me divorcio” para saber más a fondo sobre este tema.
¿Cuánto tiempo lleva la petición de inmigrante para un familiar?
El tiempo de una petición de familiares en USA dependen de la oficina de USCIS y la relación familiar. Por ejemplo, las peticiones de los parientes inmediatos de un residente permanente, suelen demorar entre 5 y 37 meses.
- Este ejemplo incluye a la oficina de USCIS en donde se haya presentado el formulario I-130. Usualmente, los Centros de Servicios de Texas suelen demorar entre 17 y 23 meses en tramitar este formulario.
- Sin embargo, los Centros de Servicio de Nebraska, suelen tener un tiempo de tramitación mucho más corto, de tan solo 5 o 7 meses.
- Para los familiares inmediatos de los ciudadanos americanos, los tiempos de tramitación suelen estar entre los 5 y 16 meses.
Por lo tanto, si se pregunta cuánto tiempo se tarda en hacer una petición a un familiar o cuánto dura un trámite de pedir a un familiar en Estados Unidos, la respuesta dependerá.
Se debe tener en cuenta que la presentación del I-130, establece el lugar del extranjero en una lista de espera para la Green Card. Esta lista estará determinada por la fecha de prioridad.
Le invitamos a leer nuestra publicación de interés sobre «Qué tiempo dura un residente para pedir a su hijo».
¿Cuándo se debe renovar la residencia permanente en los EE. UU. para los familiares?
Si bien, el estatus de residencia americana no expira nunca mientras el extranjero siga cumpliendo con los requisitos de elegibilidad, la Green Card sí debe ser renovada. La Tarjeta Verde expira cada 10 años y se aconseja renovarla 6 meses antes de que expire.
Estar en los EE. UU. sin documentos pone en peligro su estadía, ya que pueden deportarlo. Visite nuestros artículos de interés “Si me deportan qué pasa con mi cuenta de banco y “Reingreso después de ser deportado”.
¿Dónde presentar la solicitud de una petición de familiares en USA?
Los peticionarios de una solicitud de petición familiar, tienen dos opciones para presentar ante USCIS el formulario I-130,esto puede ser:
- En línea. Es decir, por Internet, o
- Mediante un formato impreso por correo postal.
El lugar a donde presentar la petición dependerá del lugar en donde se reside y si se presenta la forma I-845 al mismo tiempo. A continuación, explicaremos esto en más detalle.
Cómo presentar una petición de familia en línea
Lo primero que se debe de hacer es crear una cuenta en MyUSCIS. USCIS proporciona una sección de cómo crear una cuenta en su página, aunque también se puede consultar con nuestros abogados de inmigración.
- Los peticionarios pueden presentar el I-130 incluso si su familiar está en EE. UU. y se presentará el I-485 por correo postal.
- Una vez que se realice esta presentación, USCIS le notificará al peticionario por correo, en donde le otorgará su recibo. Es importante proporcionar una copia de la notificación del recibo al familiar para que lo incluya en el paquete del I-485.
- Los peticionarios no pueden presentar el I-130 en línea si están solicitando una exención de tarifas.
Cómo presentar la petición familiar por correo postal
Existen dos posibles escenarios para esta presentación, ya que todo depende de si el peticionario:
- Reside en los EE. UU: Debe presentar la solicitud en la Localidad Segura (Lockbox) de Chicago, Dallas, Phoenix o Elgin. Esto según el lugar de residencia y si se presentará o no el I-485. En el siguiente enlace tendrá las respectivas direcciones.
- Reside fuera de los EE. UU: Puede presentar su petición por 3 medios distintos:
- En la Localidad Segura (Lockbox) de Elgin.
- A través del sitio web de USCIS, o
- Solicitar presentar la petición en un consulado o embajada estadounidense. No obstante, existen limitadas circunstancias para ello. Visite el Manual de políticas de USCIS o consulte con nuestros abogados al respecto.
Es importante no olvidar firmar el formulario. USCIS rechazará cualquier petición que no esté firmada.
¿Cuál es el costo de una petición de familiares en USA?
El costo de una petición de familiares en USA es de $535 y se puede pagar mediante un cheque o por una tarjeta de crédito. Para esto último, se debe presentar el Formulario G-1450, autorización de transacciones con tarjeta de crédito.
¿Qué ocurre después de presentar la petición?
Si el familiar del peticionario estadounidense se encuentra en los EE. UU. de manera legal, entonces podrá solicitar el ajuste de estatus. Para ello, deberá esperar a que haya una visa disponible y presentar el formulario I-485.
- En caso de que el familiar se encuentre fuera de los EE. UU, la petición deberá ser enviada al Centro Nacional de Visas (NVC).
- NVC enviará su petición a un consulado americano e indicará que se deberá hacer cuando haya una visa disponible. Este proceso es llamado como el «trámite consultar».
- Además, la categoría preferencial a la cual pertenece el familiar, determinará cuánto es que se tendrá que esperar para recibir una visa. Afortunadamente, se puede hacer un seguimiento de la misma a través del estatus del caso en línea de USCIS.
Se debe tener en cuenta que una petición I-130 o I-129F, solo se utiliza para demostrar la relación existente del familiar que califica. Una petición aprobada no le asegura al extranjero ningún beneficio migratorio, solo lo coloca en una lista de espera para la visa.
¿Qué documentos necesito para hacer una petición de familiares en USA?
Para realizar una petición a un familiar en el extranjero, es necesario la siguiente documentación:
- Copias de los certificados de nacimiento. Deben ser del beneficiario extranjero y el del ciudadano americano.
- Copias de la declaración de impuestos. Estas declaraciones deben ser del ciudadano o del residente permanente que presenta la solicitud. Además, tienen que ser declaraciones de impuestos de los últimos 3 años. Por lo tanto, pueden ser:
- Formulario 1040 con los W-2 y 1099 de los últimos 2 o 3 años, o
- Copia completa de la declaración de impuesto junto a los formularios W-2 y el 1099 del último año.
- Copia del certificado de divorcio. Este documento es opcional, en caso de ser necesario.
- Copia del certificado de matrimonio. Solo si aplica para el esposo, esposa e hijos.
- Fotos tamaño pasaporte. La cantidad de estas pueden ser:
- 6 fotografías del beneficiario, y
- 2 fotografía del ciudadano o residente permanente.
- Copia del pasaporte extranjero.
- Copia de cualquier documento o registro de la corte del extranjero.
- Copias de las aplicaciones enviadas a inmigración en el pasado
- Copia de la visa y del permiso I-94 del extranjero.
- Copia de la prueba de su elegibilidad para la ley 245(i) de inmigración.
Nota: Todos los documentos presentados deben estar traducidos al inglés, en caso de no están hechos en este idioma. Estas traducciones tienen que tener una certificación de parte del traductor en la que se afirma que la traducción es completa y exacta.
Otros documentos requeridos
- Prueba de cambio de nombre legal, de ser necesario.
- Evidencia del matrimonio de buena fe. Puede ser:
- Un documento que demuestre la propiedad conjunta.
- Un contrato de arrendamiento donde muestra la tenencia conjunta en una residencia común.
- Certificados de nacimientos.
- Documentación que demuestre que la pareja combinó sus recursos financieros.
- Declaraciones juradas o ratificadas por terceros. Deben tener conocimiento personal genuino de la relación matrimonial.
- Evidencia de la ciudadanía estadounidense, residente permanente legal o estatus como nacional en EE. UU. Por ejemplo:
- Copia del pasaporte de los EE. UU. vigente.
- Copia del anverso y reverso de la Green Card o Formulario I-551.
- Copia del certificado de naturalización o ciudadanía expedido por USCIS o el antiguo Servicio de Inmigración y Naturalización (INS).
- Copia del Formulario FS-240, informe consular de nacimiento en el extranjero (CRBA), emitido por un consulado o embajada estadounidense.
- Una declaración original de algún funcionario consular estadounidense que certifique la ciudadanía estadounidense y el pasaporte válido.
- Evidencia de la relación familiar.
- Evidencia de que ha tenido la custodia legal del hijo adoptivo durante al menos 2 años.
¿Puede un ciudadano estadounidense solicitar a una sobrina o sobrino?
De acuerdo con la ley de inmigración estadounidense, los ciudadanos americanos y los residentes permanentes no pueden solicitar a un sobrino o sobrina en el extranjero. De igual manera, tampoco pueden pedir a sus primos, primas, tías o tíos.
¿Quién no puede presentar una petición de familiares en USA?
Existen ciertas exclusiones de elegibilidad que impiden una presentación del formulario I-130. Por ende, no se puede presentar esta petición a los siguientes familiares:
- Padres adoptivos.
- Hijos adoptivos que fueron adoptados después de cumplir los 16 años.
- Abuelos.
- Nietos.
- Sobrinos.
- Tíos.
- Primos.
- Suegros.
- Padres biológicos, si el peticionario ha conseguido la Green Card o la ciudadanía por medio de la adopción.
- Un cónyuge si el peticionario:
- Se convirtió en residente permanente a través de un matrimonio anterior con un ciudadano o un residente. Con la excepción de que ahora sea un ciudadano naturalizado o un residente permanente durante al menos 5 años.
- No estuvo físicamente presente junto a su cónyuge en la ceremonia de matrimonio.
- Se casó con su cónyuge mientras él o ella formaba parte de algún procedimiento judicial migratorio. Es decir, que esté enfrentando la deportación.
- Padrastros o hijastros, si el matrimonio ocurrió después de que el niño cumplió 18 años.
- Cualquier otro pariente que haya cometido un matrimonio fraudulento en Estados Unidos. Esto suele realizarse con el único propósito de obtener algún beneficio migratorio.
¿Puedo perder mi residencia permanente si me divorcio? Es una duda frecuente entre inmigrantes. No dude en visitar nuestro artículo correspondiente en donde explicamos este tema.
Categorías de parientes inmediatos
El sistema migratorio estadounidense posee 2 categorías principales de inmigrantes basados en la familia. Estos son:
- Parientes inmediatos, y
- Preferencia familiar.
Si un ciudadano americano o un residente permanente solicita a un familiar en el extranjero, el inmigrante entrará en alguna de estas dos categorías. La categoría define al inmigrante el tipo de relación que tiene con su patrocinador estadounidense.
Para los parientes inmediatos (cónyuges, padres e hijos menores de 21 años de ciudadanos americanos), siempre hay una visa disponible. Esto significa que el familiar no tiene que esperar tanto tiempo para conseguir un visado.
Categorías de preferencia familiar
Las categorías de preferencia aplican a todos aquellos familiares que no sean inmediatos. Las visas asignadas para esta categoría no están sujetas a una cantidad máxima anual. Esta categoría está agrupada de la siguiente manera:
- Primera preferencia: Hijos adultos (mayores de 21 años) y solteros de un ciudadano estadounidense.
- Segunda preferencia (2A): Cónyuge de residentes permanentes e hijos solteros menores de 21 años.
- Segunda preferencia (2B): Hijos adultos y solteros de un residente permanente.
- Tercera preferencia: Hijos casados sin importar su edad de un ciudadano americano.
- Cuarta preferencia: Hermanos de un ciudadano americano adulto.
Para más información sobre este tema, consulte nuestra publicación «Cuánto tarda el NVC en dar una cita», para así, tener una idea de cuánto se debe esperar en estos trámites.
Inaplicabilidad de las prohibiciones al ajuste en familiares
La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) 245 código 8 USC § 1255, establece que algunas o todas las prohibiciones de ajuste no se aplican a los familiares inmediatos de los ciudadanos americanos.
Por ejemplo, si el extranjero alguna vez formó parte de un empleo no autorizado, entonces puede llevarlo a un rechazo de su ajuste.
Si usted está buscando trabajar legalmente en los EE. UU, necesita un permiso para ello. En nuestro artículo sobre cómo conseguir un permiso de trabajo en los EE. UU. obtendrá la información necesaria para ello.
Excepciones de inaplicabilidad al ajuste
Existe una excepción para las categorías de parientes inmediatos, lo que permite que los solicitantes puedan solicitar exitosamente una Green Card con estas infracciones. Por lo tanto, un solicitante puede que sea elegible para presentar el formulario I-845, incluso si:
- Está empleado actualmente o ha estado empleado en los EE. UU. sin autorización.
- Ha fallado en mantener continuamente un estatus legal desde que entró a los EE. UU.
- Violó alguna vez los términos de su estatus.
- No posee un estatus migratorio legal en la fecha donde presenta su solicitud al ajuste de estatus.
Navegar a través de las leyes migratorias puede ser confuso y no dar los resultados esperados si se hace por cuenta propia. Además, se debe tener cuidado a la hora de solicitar ayuda, ya que no todos los abogados de inmigración actúan de la misma forma.
Algunos de estos no poseen escrúpulos, por lo que podrían engañar a sus clientes con falsas leyes que no existen. Por ejemplo, la supuesta ley de los 10 años de inmigración.
Petición de familiares en USA para miembros de las Fuerzas Armadas
Para los peticionarios o familiares de estos que sean miembros de las Fuerzas Armadas, pueden que tengan condiciones especiales con respecto a su situación.
Asimismo, el cónyuge y los hijos de los militares estadounidenses, pueden ser elegibles para conseguir la ciudadanía de manera expedita desde fuera de los EE. UU. Para más información, visite nuestro artículo sobre los requisitos para hacerse ciudadano americano.
- Generalmente, los cónyuges deben tener el estatus de residente permanente antes de naturalizarse. Para ello, estos tienen que presentar el formulario I-485 ante USCIS.
- Además, el militar estadounidense debe presentar el I-130 e incluir la tarifa de los datos biométricos. En nuestro artículo «después de las huellas biométricas qué sigue» encontrará amplia información sobre esto.
- Si el cónyuge del militar recibe el aviso para ajustar su estatus, pero el militar se encuentra en el extranjero, USCIS le hará la entrevista de igual manera. Sin embargo, el cónyuge debe llevar evidencias del puesto que posee el militar.
Los abogados de inmigración de Abogado.LA, le podrán ayudar con todo lo referente a estos temas migratorios. Sin importar que el peticionario sea un miembro de las Fuerzas Armadas de los EE. UU. o un civil.
Enfatizamos que el proceso para convertirse en un ciudadano americano puede ser complejo, ya que posee una gran cantidad de pasos a seguir. Un ejemplo de esto, son las 100 preguntas de la ciudadanía en español, las cuales se deberán completar con éxito.
Abogados de inmigración en Los Ángeles expertos en petición de familiares en USA
Es importante que los inmigrantes no intenten navegar por el proceso de inmigración por cuenta propia, ya que es complejo y pueden poner en riesgo su posibilidad migratoria. En Abogado.LA, contamos con expertos con amplia experiencia en la materia.
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