Para aprovechar los beneficios y cumplir los requisitos para la ley NACARA, debe tener claros varios puntos clave. En resumen, NACARA 203 puede detener la deportación y, en muchos casos, conducir a la residencia permanente legal si usted pertenece a un grupo protegido y cumple con las fechas históricas, presencia continua y buen carácter moral.
- Pertenecer a uno de los grupos amparados por la ley (guatemaltecos, salvadoreños, ex-bloque soviético y algunos familiares derivados).
- Demostrar años de presencia continua en EE. UU. y buen carácter moral.
- Probar, en muchos casos, que la deportación causaría dificultad extrema.
En este artículo encontrará quién califica, qué beneficios otorga NACARA y los pasos actuales para solicitarla, con listas breves y notas prácticas para facilitar la lectura.
Qué es y cuáles son los requisitos para la ley NACARA
La Ley NACARA (Nicaraguan Adjustment and Central American Relief Act) es un alivio migratorio que:
- Ofrece protección contra la deportación; y
- Permite obtener la residencia permanente legal a ciertos inmigrantes afectados por conflictos y políticas migratorias de los años 80 y 90.

La vía principal hoy es NACARA 203, que se solicita mediante el Formulario I-881. Usted puede calificar si pertenece a uno de estos grupos y cumple fechas históricas específicas más otros requisitos legales:
- Guatemaltecos que cumplan fechas de entrada, registro ABC o asilo político en EE. UU. dentro de los periodos permitidos.
- Salvadoreños con fechas y condiciones similares relacionadas con ABC o asilo.
- Ciudadanos del antiguo bloque soviético, según la lista de países contemplados por la ley.
- Familiares derivados (cónyuge e hijos solteros menores de 21 años) de un beneficiario principal.
- Ciertas víctimas de crueldad extrema, bajo circunstancias muy específicas.
Además de pertenecer a un grupo protegido, normalmente se exige:
- Presencia física continua en EE. UU. durante un periodo prolongado (generalmente 7 años).
- Buen carácter moral durante ese tiempo.
- Que la deportación provoque una dificultad extrema para usted o ciertos familiares ciudadanos o residentes permanentes.
Requisitos para guatemaltecos bajo NACARA 203
Para que un ciudadano guatemalteco califique a NACARA 203, debe cumplir al menos uno de los criterios siguientes (las fechas son el corazón del programa):
- Fecha de entrada a EE. UU: Ingresó el 1 de octubre de 1990 o antes.
- Registro ABC: Estuvo registrado en los beneficios del acuerdo ABC (American Baptist Churches) antes del 31 de diciembre de 1991.
- Solicitud de asilo: Presentó su solicitud de asilo político en USA el 3 de enero de 1995 o antes.
- No haber sido detenido al entrar: No fue detenido al momento de ingresar después del 19 de diciembre de 1990.
Nota práctica: Si un guatemalteco presentó asilo antes del 1 de abril de 1990 y aún no tiene decisión final, puede calificar bajo reglas especiales.
¿Qué pasa si ya lleva muchos años en EE. UU?
Muchos guatemaltecos que entraron en los años 80 y 90 y nunca consultaron su elegibilidad podrían todavía calificar a NACARA 203 si cumplen las fechas de entrada, registro ABC o solicitud de asilo y pueden demostrar presencia continua y buen carácter moral.

Si necesita evaluar otras opciones para arreglar su estatus, puede revisar “Soy ilegal en EE. UU. y quiero ser legal”.
Requisitos para salvadoreños bajo NACARA 203
Los salvadoreños tienen requisitos similares a los guatemaltecos, pero con fechas distintas. Para calificar, un ciudadano de El Salvador debe cumplir al menos uno de los siguientes criterios:
- Fecha de entrada: Ingresó por primera vez a Estados Unidos el 19 de septiembre de 1990 o antes.
- Registro ABC: Estuvo inscrito en los beneficios del acuerdo ABC el 31 de octubre de 1991 o antes, directamente o mediante TPS.
- Solicitud de asilo: Presentó la solicitud de asilo político el 16 de febrero de 1996 o antes.
- No haber sido detenido al entrar: No fue detenido al ingresar después del 19 de diciembre de 1990.
Muchos salvadoreños que mantuvieron el TPS durante años pueden calificar sin saberlo, porque el TPS les ayudó a cumplir la regla de registro ABC.
Nota: Si el inmigrante tiene un caso penal, es clave revisar si aún puede calificar. Para orientarse, puede revisar “Niegan visa por antecedentes”.
Requisitos para ciudadanos del ex-bloque soviético
NACARA 203 también protege a personas de ciertos países del antiguo bloque socialista europeo y de la ex URSS, siempre que cumplan dos fechas obligatorias:
- Entrada a Estados Unidos: Ingresó el 31 de diciembre de 1990 o antes.
- Solicitud de asilo: Presentó su solicitud de asilo político el 31 de diciembre de 1991 o antes.
Los países contemplados incluyen, entre otros: Albania, Bulgaria, Checoslovaquia, Hungría, Polonia, Rumania, Estonia, Letonia, Lituania, Rusia, Ucrania, Bielorrusia, todos los estados de la antigua URSS, Alemania Oriental y la ex Yugoslavia y sus estados sucesores.
Nota práctica: Aunque muchas personas de esta categoría ya obtuvieron estatus, todavía hay casos abiertos o personas que nunca completaron su revisión migratoria.
Requisitos generales adicionales (aplican a todos los grupos)
Además de las fechas, todos los solicitantes de NACARA 203 deben cumplir requisitos similares a la cancelación de la deportación, pero con estándares más favorables:
- Presencia física continua: Demostrar 7 años de presencia continua en EE. UU. antes de la decisión final.
- Buen carácter moral: Probar buen carácter moral durante esos 7 años; faltas como fraude, ciertos DUIs, violencia doméstica o información falsa pueden afectar este punto. Vea “Cómo hacer una carta de buena conducta moral”.
- No haber cometido un delito grave con agravantes: Una aggravated felony generalmente descalifica; algunos delitos menores se analizan caso por caso.
- Dificultad extrema: Probar extreme hardship para usted o familiares calificados (cónyuge, hijos o padres ciudadanos o residentes permanentes).
- No ser inadmisible por persecución: No haber participado en persecución de otras personas durante conflictos.

Diferencia esencial entre NACARA 202 y NACARA 203
Entender esta diferencia es clave para determinar si usted cumple los requisitos para la ley NACARA y puede solicitar el beneficio correcto.
| Aspecto | NACARA 202 (Ajuste Especial) | NACARA 203 (Suspensión/Cancelación por Regla Especial) |
| Grupos elegibles | Nicaragüenses y cubanos. | Guatemaltecos, salvadoreños y ciudadanos del antiguo bloque soviético. |
| Tipo de alivio | Ajuste directo a residente permanente. | Suspensión de deportación o cancelación de remoción que conduce a la residencia. |
| Estado actual | Ya no está disponible para nuevos solicitantes; la fecha límite fue marzo de 2000. | Sigue vigente y es la vía activa principal para los grupos elegibles. |
| Formulario principal | Se utilizaba el Formulario I-485 con un suplemento especial. | Se utiliza el Formulario I-881. |
| Requisitos | Presencia física continua y admisibilidad general dentro de fechas específicas. | Requiere 7 años de presencia continua, buen carácter moral y demostrar (o presumir) dificultad extrema. |
Hoy, NACARA 203 es la única vía abierta para nuevos casos dentro de sus grupos protegidos y funciona como una defensa sólida, similar a la cancelación de deportación, pero con estándares más favorables. Para ampliar, vea “Me pueden deportar de los EE. UU. de inmediato”.
Resumen rápido
| Punto | NACARA 202 | NACARA 203 |
| Tipo de beneficio | Ajuste especial | Cancelación/suspensión especial |
| Grupos | Nicaragüenses y cubanos (histórico) | Guatemaltecos, salvadoreños, ex-bloque soviético |
| Vigencia hoy | Cerrada a nuevos casos | Activa |
| Formulario | No es el I-881 | I-881 |
Beneficios de NACARA: qué obtiene realmente el solicitante
Al aprobarse un caso de NACARA 203, el solicitante puede:
- Detener o cancelar la deportación con reglas más favorables que otras defensas.
- Obtener la residencia permanente legal (Green Card).
- Aprovechar reglas especiales de stop-time y, en muchos casos, presunción de dificultad extrema.
- Extender beneficios a familiares derivados (cónyuge e hijos solteros menores de 21 años).
Si actualmente se encuentra ilegal, revise “Qué pasa si me encuentro ilegal en los EE. UU.”, ya que NACARA puede ser una vía para regularizarse.
¿Qué pasa con las solicitudes de asilo muy antiguas?
Dentro de NACARA 203 hay un grupo especial de guatemaltecos y salvadoreños que:
- Presentaron su asilo el 1 de abril de 1990 o antes; y
- Aún no tienen decisión final sobre esa solicitud.
Para estos casos, NACARA creó una vía más favorable.
Es común no tener copia de la solicitud original, pero puede recuperarse mediante FOIA o consultando el historial del caso.
Si además tiene familiares en EE. UU., es posible explorar vías alternativas en paralelo, como la petición de familiares, sin reemplazar NACARA.
Quién NO es elegible para NACARA 203
Aunque muchas personas cumplen las fechas históricas, ciertas situaciones bloquean o complican la elegibilidad para la Ley NACARA.
No califican si
- Tienen una aggravated felony (delito grave con agravantes).
- Participaron en persecución contra otros individuos durante conflictos.
- Cometieron fraude migratorio grave relacionado con identidad o entrada.
- Han sido considerados una amenaza a la seguridad nacional.
- No cumplen con el estándar de buen carácter moral durante 7 años.
Casos especiales de inelegibilidad
- Personas con orden final de deportación que no presentaron una moción de reapertura a tiempo.
- Quienes interrumpieron su presencia física en EE. UU. por salidas prolongadas.
- Personas con ciertos delitos de violencia o felonías estatales que USCIS considera incompatibles con NACARA.
Para situaciones penales o migratorias complejas, vea “Es posible reabrir un caso migratorio”. Ser inelegible para NACARA no significa quedarse sin alternativas: pueden existir perdones, visa U, asilo u otros procesos familiares.
Familiares derivados que pueden beneficiarse
NACARA también protege a ciertos familiares del solicitante principal, siempre que la relación calificante exista antes de la decisión final del caso.
- Cónyuge del solicitante principal.
- Hijos solteros menores de 21 años.
Estos derivados pueden obtener protección contra la deportación, residencia permanente legal (si el caso principal se aprueba) y, en algunos casos, acceso a ciertos perdones migratorios.
Requieren análisis especial:
- Hijos que cumplen 21 años antes de la decisión (“aged out”).
- Divorcios o separaciones durante el proceso.
- Hijos nacidos en EE. UU. (son ciudadanos, no derivados, pero pueden ayudar a probar hardship).

Si el familiar desea explorar otras rutas de residencia, puede consultar “Puedo llegar a perder mi residencia permanente legal si me divorcio”.
Dónde se presenta NACARA: USCIS vs Corte de Inmigración (EOIR)
Un aspecto clave de los requisitos para la ley NACARA es qué autoridad revisa el caso: USCIS o un juez de inmigración. No usan los mismos estándares ni siguen exactamente el mismo procedimiento.
Cuándo se presenta ante USCIS
Normalmente se presenta ante USCIS cuando:
- No está en proceso de deportación.
- La solicitud NACARA 203 no requiere intervención judicial.
- Es derivado de un solicitante principal que también se presenta con USCIS.
USCIS suele ser mejor opción para casos más “limpios”, sin historial penal complejo ni órdenes previas de deportación.
Cuándo se presenta ante un juez de inmigración (EOIR)
Se acude a la corte cuando:
- Ya está en proceso de deportación.
- Tiene una orden de deportación antigua.
- Su caso fue enviado a corte tras una negación en USCIS.
- Necesita una moción para reabrir el caso a fin de presentar NACARA.
Si la persona está en corte, puede ser útil revisar “Opciones legales para inmigrantes en proceso de deportación”.
Nota práctica: A veces la persona es elegible en ambas vías; elegir la incorrecta puede retrasar el caso o provocar un rechazo técnico.
Paso a paso para solicitar NACARA 203 (Formulario I-881)
El proceso de NACARA 203 suele seguir estos pasos básicos:
1. Preparar el Formulario I-881
El I-881 es la solicitud de suspensión de deportación o cancelación de remoción por regla especial. Debe estar completo, exacto y firmado.
2. Reunir evidencia inicial
Incluye pruebas de nacionalidad, fechas de entrada, asilo o registro ABC, presencia física continua, buen carácter moral y hardship (dificultad extrema).
3. Presentar el paquete
- Ante USCIS: Se envía por correo a la dirección indicada según el estado del solicitante.
- Ante EOIR: Se entrega directamente a la corte o por ECAS (cuando esté disponible).
4. Aviso de recibo y biométricos
USCIS enviará un Formulario I-797 confirmando la recepción y luego una cita para huellas en el ASC.
Si tiene dudas sobre la recepción del paquete, puede revisar “Cómo puedo saber si USCIS recibió mi paquete”.
5. Entrevista y decisión
Los casos ante USCIS suelen requerir entrevista con un oficial especializado en NACARA. La decisión puede darse el mismo día o llegar por correo en las semanas siguientes. En corte, se resuelve en audiencia.
Documentos necesarios para solicitar la Ley NACARA
La evidencia debe estar bien organizada, o USCIS puede emitir un RFE (Request for Evidence) o negar la solicitud.
Entre los principales documentos se encuentran:
- Formulario I-881 completo y firmado.
- Prueba de identidad y nacionalidad (pasaporte, cédula, certificado de nacimiento).
- Evidencia de entrada a EE. UU. con la fecha requerida.
- Registro ABC, si aplica.
- Evidencia de solicitud de asilo o TPS según el grupo.
- Pruebas de presencia física continua por 7 años (impuestos, contratos, escuela, facturas, registros médicos).
- Prueba de buen carácter moral (certificados policiales o declaraciones).
- Documentos de hardship (informes médicos/psicológicos, dependencia económica, escolaridad, etc.).
- Historial tributario de los últimos 7 años.
- Cualquier sentencia o documento penal, incluso si el caso está cerrado.
Para verificar fechas de admisión, puede consultar “Permiso I-94”.
Consejos clave para reunir evidencia
- Presentar copias y guardar originales.
- Organizar la evidencia por secciones que sigan los requisitos del I-881.
- Incluir traducciones certificadas si algún documento está en otro idioma.
- Añadir breves explicaciones cuando un documento pueda generar dudas.
Tras enviar el I-881, la secuencia habitual es: aviso de recibo, biométricos, entrevista o audiencia y decisión final. Para ver qué ocurre tras las huellas, revise: “Después de las huellas biométricas qué sigue”.
Qué hacer si existe una orden final de deportación: moción para reabrir
Muchos potenciales beneficiarios de NACARA 203 tienen órdenes finales de deportación antiguas. Esto no elimina la posibilidad del alivio, pero requiere presentar una moción para reabrir.

Mociones presentadas a tiempo y mociones tardías
La ley permitió presentar mociones de reapertura antes del 11 de septiembre de 1998. Si la moción se presentó en plazo, el caso puede continuar en el marco de NACARA. Cuando no se presentó, aún pueden intentarse mociones tardías en situaciones excepcionales (elegibilidad clara, razones humanitarias, nueva evidencia, errores procesales o falta de notificación, problemas de debido proceso o mala representación previa).
Documentos y resultados posibles
Una moción suele incluir una explicación legal, evidencia de elegibilidad bajo NACARA 203, pruebas de presencia física, historial policial actualizado y evidencia de hardship.
En términos prácticos, la corte puede:
- Reabrir el caso para permitir la solicitud de NACARA.
- Negar la moción y mantener la orden final.
- Determinar que la jurisdicción corresponde a USCIS y permitir presentar el I-881 allí.
Para entender mejor las consecuencias de una orden previa, vea: “Reingreso después de ser deportado”.
Tiempos de proceso y costos de NACARA
Los tiempos y costos de NACARA 203 varían según la carga de trabajo de USCIS, el tribunal asignado y el volumen de casos en su zona.
Tiempos de proceso aproximados
- Aviso de recibo: 2–6 semanas.
- Biométricos: 4–12 semanas tras el recibo.
- Entrevista en USCIS: 6–18 meses.
- Decisión final: semanas después de la entrevista; en corte, puede tardar más por el calendario judicial.
Si el caso requiere una moción para reabrir, el tiempo puede extenderse de 6 a 12 meses adicionales.
Factores que aceleran o retrasan el caso
- Retrasos en huellas o antecedentes.
- Evidencia insuficiente que genere RFE.
- Carga de trabajo del centro de asilo o del tribunal.
- Calendario del juez si está en proceso de deportación.
- Cambios de dirección no reportados a USCIS.
Costos
- Formulario I-881: USCIS cobra una tarifa que puede ajustarse según ingresos; existen exenciones y se paga normalmente una tarifa de biométricos. Las familias pueden aplicar con tarifa conjunta.
- Evidencia adicional: Certificados policiales, traducciones y evaluaciones psicológicas tienen costos variables.
- Honorarios legales: Dependen de la complejidad, especialmente si hay mociones y audiencias.
Nota práctica: NACARA es uno de los trámites que más vale la pena preparar con asistencia legal profesional, sobre todo con historial penal o migratorio complejo.
Errores frecuentes que causan una negación en NACARA 203
Estos son algunos errores típicos que provocan retrasos, RFEs o negaciones, incluso cuando la persona sí califica.
Muchos de estos errores ocurren incluso cuando la persona sí reúne los requisitos para la ley NACARA, por lo que conviene revisar cada punto con atención.
Error 1: Evidencia incompleta o desordenada
USCIS debe ver con claridad fechas históricas, presencia física, registro ABC/asilo y buen carácter moral. Si la evidencia está incompleta o mal organizada, aumentan las probabilidades de RFE o negación.
Error 2: No documentar bien los 7 años de presencia física
Se espera evidencia año por año (recibos, escuela, facturas, registros médicos, impuestos). Un solo documento aislado suele ser insuficiente.
Error 3: Ocultar antecedentes penales
USCIS y el FBI revisan todo. Omitir un arresto o no aportar sentencias completas puede llevar a una negación por falta de buen carácter moral o sospecha de fraude.
Error 4: Hardship débil o mal documentado
Para quienes deben demostrar dificultad extrema, se requiere evidencia sólida (evaluaciones psicológicas, reportes médicos, dependencia económica). Guatemaltecos y salvadoreños bajo ABC tienen presunción de hardship, pero igual conviene documentar todo.
Error 5: Problemas de comunicación con USCIS o con la corte
Faltar a la entrevista, no reagendar a tiempo o no actualizar la dirección puede causar cierres, rechazos o devoluciones de la solicitud. Enviar el I-881 a la jurisdicción equivocada también provoca retrasos innecesarios.
Preguntas frecuentes sobre los requisitos para la Ley NACARA
Estas son algunas dudas habituales sobre la Ley NACARA, con respuestas directas y fáciles de escanear.
¿La Ley NACARA sigue vigente?
Sí. NACARA 203 continúa activa para guatemaltecos, salvadoreños y ciudadanos del ex-bloque soviético que cumplan las fechas históricas y demás requisitos.
¿Puedo obtener la residencia permanente con NACARA?
Sí. Al aprobarse la solicitud, se otorga evidencia temporal de residencia y posteriormente la Green Card definitiva.
¿Qué pasa si tengo antecedentes penales?
Depende del tipo de delito. Una aggravated felony suele descalificar; otros delitos pueden analizarse caso por caso con un abogado migratorio.
¿Qué hago si no tengo evidencia de los años 80 o 90?
Pueden usarse registros escolares, documentos médicos, archivos FOIA, evidencia secundaria y testimonios. Es clave explicar cualquier brecha documental de forma clara.
¿Tener hijos nacidos en EE. UU. ayuda al caso?
No son derivados de NACARA, pero como ciudadanos pueden ayudar a demostrar hardship extremo, sobre todo si dependen económica o médicamente del solicitante.
Cómo Abogado.LA puede ayudarle con NACARA 203
La Ley NACARA sigue siendo uno de los alivios más poderosos, pero también uno de los más técnicos, ya que exige:
- Cumplir fechas históricas.
- Demostrar presencia continua.
- Acreditar buen carácter moral.
- Reunir evidencia sólida de hardship y elegibilidad.
En muchos casos también implica coordinar entre USCIS y la Corte de Inmigración o presentar una moción para reabrir si existe una orden final.
En Abogado.LA contamos con experiencia preparando solicitudes NACARA 203, organizando la evidencia, presentando mociones cuando son necesarias y acompañando al solicitante en entrevistas y audiencias.
Si necesita orientación profesional sobre los requisitos para la ley NACARA, estamos listos para guiarle paso a paso. Contáctenos, hablamos español e inglés.
