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Si un inmigrante ha perdido un caso de inmigración ante la corte, no todo está perdido. En Estados Unidos se puede reabrir un caso de inmigración y tener una segunda oportunidad.


Si usted perdió un caso de inmigración, le recomendamos que mantenga la calma y se comunique de inmediato con nosotros. Los abogados de inmigración de Los Ángeles CA se especializan en este tema, por lo que le pueden ayudar con su situación actual.

¿En EE. UU. se puede reabrir un caso de inmigración en 2024?

La respuesta corta es que sí, en Estados Unidos se puede reabrir un caso de inmigración y conseguir una segunda oportunidad ante la ley. Después de perder en la corte de Inmigración, existen dos caminos posibles:

  1. Apelar el caso de inmigración, o
  2. Reabrir el caso de inmigración.

Los inmigrantes pueden presentar alguna de estas mociones o ambas al mismo tiempo. Sin embargo, deben tener precaución de hacerlo, ya que existen fechas límites muy estrictas a respetar. De no cumplir con esto, se pierde automáticamente la oportunidad de una moción.

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Si usted perdió su caso, no lo tome como el final de su camino. En Abogado.LA contamos con abogados expertos en la reapertura de casos en los EE. UU. «El problema es que soy ilegal en USA y quiero ser legal«. Tranquilo, nuestros profesionales pueden ayudarle.

¿Qué es una moción de inmigración para reabrir?

Una moción de inmigración para reabrir le permite a un inmigrante que perdió su caso ante la corte de inmigración, presentar nuevos hechos o modificados a un juez de inmigración. 

Aunque se puede reabrir un caso de inmigración, la moción de reapertura exige que los hechos estén respaldados por declaraciones juradas u otro material justificativo.

Diferencia entre una moción para reconsiderar y una moción para reabrir

Bajo ciertos escenarios, un inmigrante puede solicitarle al juez de inmigración o a la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) que revise nuevamente su caso. Existen dos tipos de mociones que permiten este resultado:

  1. Moción para reconsiderar: Si un inmigrante cree que el juez de inmigración cometió algún error con respecto a la ley o a su procedimiento, esta moción le permite a la corte revisar cómo fue llevado el caso.
  2. Moción para reabrir: Estas mociones deben basarse en nuevos hechos o circunstancias que cambiaron o han sido descubiertas desde la audiencia original. 

Motivos comunes para presentar una moción para reabrir

A menudo, las mociones para reabrir se usan para solicitar lo siguiente:

A pesar de que se puede reabrir un caso cerrado, los inmigrantes no tienen el derecho a reabrirlo por ninguno de los motivos señalados anteriormente. Para poder abrirlo, necesitan tener nuevos hechos o modificados desde la última audiencia.

se puede reabrir un caso cerrado de inmigración

¿Cuándo se puede someter una moción de reapertura ante la corte?

De acuerdo con la ley 8 CFR § 1003.23, un inmigrante puede presentar una moción de reapertura dentro de los 90 días de la fecha de entrada de una orden final de deportación.

  • Ninguna de estas mociones pueden ser presentadas por o en nombre de un individuo que sea objeto de un proceso de deportación posterior a su salida del país.
  • Existen algunas excepciones que permiten presentar una moción de reapertura después de su tiempo límite.

Excepciones a la fecha límite de presentación

Las excepciones al plazo de los 90 días de la presentación incluyen:

  • Solicitud de asilo político o suspensión de deportación en base al cambio de las condiciones del país que no pudieron ser descubiertas o presentadas en la audiencia original.
  • Aceptación de una moción conjunta para reabrir por parte del gobierno estadounidense.
  • Orden de remoción en ausencia. Si bien, el inmigrante debe presentarse dentro de 180 días si hubo circunstancias excepcionales, también puede presentarse en cualquier momento si estuvo bajo custodia estatal o federal.
  • Moción en base a una crueldad extrema o dificultades excepcionales extremas para un pariente (cónyuge, hijos y padres) de un ciudadano o residente estadounidense. La moción debe estar acompañada de una solicitud de cancelación de deportación.

Peaje equitativo

De manera adicional a las excepciones anteriores, el transcurso de los 90 días (o 180 días) puede ser interrumpido o pausado en algunas ocasiones. Esto puede presentarse en cualquier momento donde el inmigrante no pueda presentar su moción de reapertura debido a un fraude, error o engaño.

  • Esta interrupción o pausa se le conoce como peaje equitativo. 
  • Para que el plazo sea contado equitativamente, el solicitante debió de actuar con la debida diligencia al descubrir que hubo un fraude, error o engaño.
  • Es aconsejable que el solicitante se comunique con nuestros abogados de inmigración de Los Ángeles, California para ayudarle inmediatamente después de descubrir el fraude, engaño o error.

Peaje equitativo en base a la ineficiencia de un abogado

Los extranjeros que han tenido una asistencia ineficaz de un abogado, deben demostrar los siguientes dos aspectos:

  1. El abogado no actuó con la suficiente competencia, y
  2. El extranjero estaba siendo perjudicado debido al bajo rendimiento del abogado.

El extranjero no podrá ganar una demanda por asistencia ineficaz de un abogado, a menos de que este actúe diligentemente al descubrir que hubo un error o fraude del abogado.

Para demostrar esto, el extranjero tendrá que cumplir con todos los requisitos establecidos por el Asunto Lozada.

reabrir y apelar un caso migratorio

¿Qué se consideran circunstancias excepcionales?

Una orden de deportación en ausencia puede ser rescindida si el extranjero logra demostrar que la falta de comparecencia fue debido a circunstancias excepcionales. Estas pueden ser:

  • Enfermedad grave del extranjero.
  • Enfermedad grave o fallecimiento de algún hijo, padre o cónyuge del extranjero.
  • Agresión o crueldad extrema hacia el extranjero o hacia alguno de sus padres o hijos.

El extranjero tiene 180 días para presentar una moción para reabrir y así rescindir la orden de remoción en ausencia.

Presentación conjunta de mociones

En ocasiones, el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) o el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) permiten la presentación de una moción conjunta. Cuando ambas partes realicen una presentación conjunta, la limitación de 90 días ya no aplica.

¿Qué documentos se deben presentar en la moción para reabrir?

  • Carta de presentación.
  • Orden propuesta en caso de buscar la reapertura en un tribunal de inmigración.
  • Solicitud de exención de tasas o tasas de presentación (si aplica).
  • Certificado de servicio.
  • Lista de evidencia, esta puede incluir:
    • Copia de orden de expulsión existente.
    • Evidencia de cumplimiento del Asunto Lozada. En caso de que se haga una demanda de asistencia ineficaz por parte de un abogado.
    • Prueba que evidencie el devengo equitativo del plazo de presentación, incluyendo las circunstancias extraordinarias que impidieron que el extranjero se presentara a tiempo.
    • Cualquier solicitud de amparo con sus respectivos documentos de respaldo.
  • Todas las posibles bases legales para la reapertura y nuevos hechos. Esto incluye:
    • Una introducción, una declaración de los eventos ocurridos, una sección donde se describa la reapertura y una conclusión en donde se establezca esta solicitud.
    • Una sección donde se indique si la orden ha sido o está en un procesamiento judicial o penal. De ser así, la moción debe tener una información adicional y una declaración del solicitante en relación a este proceso.
  • Formulario EOIR-27 (junta de apelaciones de inmigración) y/o Formulario EOIR-28 (juez de inmigración).

Otras pruebas a presentar para respaldar la moción

Una moción para reabrir debe estar justificada por un nuevo material a presentar. Generalmente, esto se presenta en forma de declaraciones juradas o en informes oficiales sobre algún cambio en las condiciones del país de origen del extranjero.

  • El extranjero tiene que demostrar que la evidencia no pudo estar disponible o no pudo ser descubierta en la audiencia original. 
  • De ser necesario, las mociones deben estar acompañadas por una solicitud de alivio. Por ejemplo, una solicitud para el programa NACARA o para el asilo político.
cuánto tiempo tarda una moción

Requisitos de “Lozada” para la ineficiencia de un abogado

BIA establece que para una demanda bajo Lozada, se debe presentar alguno de los siguientes requisitos:

  1. Evidencia de que el abogado anterior fue informado de cualquier acusación y se le dio la oportunidad de responder ante ello.
  2. Declaración jurada que exprese el acuerdo con el abogado anterior con respecto a su representación con el extranjero.
  3. Demostrar que anteriormente presentó una denuncia ante las autoridades con respecto al abogado anterior o explicar el por qué estuvo ausente en esa denuncia.

El Departamento de Justicia (DOJ) comparte amplia información de los pasos a seguir con respecto al Asunto Lozada. Puede encontrar lo que necesita en este lugar o comunicándose con nosotros, le ayudaremos comprensivamente en su situación.

¿Qué puedo hacer si mi caso está cerrado administrativamente?

Cuando un caso se cierra administrativamente, todos los procedimientos sobre este se detienen. Por tanto, el caso es eliminado del expediente activo y el demandado no tendrá programada fechas de audiencias futuras.

  • El cierre administrativo se utiliza para pausar temporalmente los procedimientos de deportación.
  • El cierre administrativo no termina ni desestima el caso. Además, no le proporciona a un inmigrante ningún estatus migratorio. 
  • Cualquiera de las partes pueden solicitar el cierre de un caso administrativo en cualquier momento hasta que sea dictada la orden de remoción.

Durante estas situaciones, es fundamental contar con un buen abogado de inmigración para que este indique las pautas a seguir. Nuestros letrados tienen la suficiente experiencia en estos casos para ayudarle de la manera más efectiva posible.

Reglas de una moción para reabrir

En este artículo explicamos qué es una moción en la corte, la cual requiere que se presenten hechos nuevos con evidencia documental. Por ende, no se puede reenviar evidencia ya presentada o apoyarse en hechos ya presentados.

Además de esto, se deben seguir los siguientes criterios:

  • Presentar el Formulario I-290B, aviso de apelación o moción.
  • Enviar la moción dentro de 30 días desde la decisión que se desea dejar sin efecto.
  • Seguir las direcciones de envío de USCIS, en esta señala dónde se debe enviar la moción para reabrir.
  • Pagar la tarifa de la moción de reapertura, cuyo costo es de $675. Si no se puede pagar esta tarifa, el solicitante puede pedir una exención de tarifa.

Los extranjeros deben tener en cuenta que el hecho de enviar una moción, no dejará sin efecto la decisión anterior. 

¿Cuánto tiempo tarda una moción?

Una moción suele tener un ciclo de 24 días. Esto significa que cuando se presenta una moción, se debe esperar a que el caso sea programado ante un juez de inmigración dentro de 24 días aproximadamente.

  • Por lo general, una moción puede ser retrasada cuando se solicita algún aplazamiento o así lo requiere el calendario del tribunal.
  • Un abogado de inmigración debe contactar con el tribunal de manera anticipada para confirmar la fecha en que será la audiencia de la moción. Esto servirá para garantizar que todos los criterios se cumplan en el plazo de presentación.

¿Cuándo podría ser una buena opción una moción para reabrir?

Entre los escenarios donde se puede reabrir un caso de inmigración se encuentran:

  • Cuando las circunstancias han cambiado de alguna manera desde la última audiencia de inmigración y ahora el extranjero es elegible para la Green Card, ajuste de estatus o algún otro alivio migratorio.
  • Para los extranjeros que llegaron a los EE. UU. con una visa de turista o visa temporal y ahora se casaron con un ciudadano americano.
  • Para los extranjeros que tuvieron una orden de remoción y ahora son elegibles para ser residentes permanentes.
  • Cuando los extranjeros no recibieron una notificación de audiencia y perdieron su comparecencia ante la corte.
  • Para los extranjeros cuyos hijos cumplieron 21 años de edad y ahora son elegibles para ajustar su estatus por medio de la petición familiar en USA.
  • Cuando los extranjeros perdieron su audiencia de inmigración debido a circunstancias excepcionales, como la muerte de un familiar.

Existen más circunstancias donde los casos antiguos pueden reabrirse. Para ello, es fundamental comunicarse con nuestros abogados especializados en inmigración. 

¿Puedo ser deportado mientras una moción para reabrir está pendiente?

Aunque se puede reabrir un caso de inmigración, esto no libra al inmigrante de ser deportado mientras su solicitud esté pendiente. Sin embargo, si la moción para reabrir fue solicitada en base a una ausencia, la deportación será suspendida automáticamente.

Consecuencia de la salida voluntaria 

Si el peticionario de la moción para reabrir continúa en el país después de que expiró su periodo de salida voluntaria, la moción será denegada. Esto se debe a que el inmigrante se negó a irse del país cuando lo prometió, lo que anula su derecho a reabrir su caso.

Este escenario se le conoce como “Doctrina de privación de derechos de los fugitivos” (en inglés Fugitive Disentitlement Doctrine).

cuánto es el castigo por salida voluntaria

Para conocer más respecto a este tema, le invitamos a leer nuestra publicación sobre cuánto es el castigo por salida voluntaria.

¿Puedo apelar o volver a presentar una nueva moción si es negada?

En algunas situaciones excepcionales, es posible volver a presentar una moción para reabrir. Esto puede ser debido a los siguientes escenarios:

  • Si se niega una moción para reabrir, esta puede apelarse ante BIA al igual que la mayoría de los casos similares.
  • Si BIA niega la apelación, todavía es posible apelar nuevamente ante la corte de Apelaciones del Noveno Circuito de los EE. UU.
  • Aunque es posible apelar las mociones, existe un período de tiempo limitado en el que se pueden apelar ante la corte de inmigración.

A los inmigrantes que se le hayan denegado sus peticiones o han perdido sus casos, deben comunicarse inmediatamente con nuestros abogados de inmigración para evitar perder su derecho a la apelación.

¿Cómo apelar un caso de inmigración?

Para apelar la decisión sobre sus asuntos de inmigración, puede acudir a la junta de apelaciones de inmigración o a la Oficina de Apelaciones Administrativas de USCIS (AAO).

La mayoría de estas apelaciones son presentadas a través del formulario I-290. No obstante, existen ciertas excepciones. Puede encontrar más información respecto a esto en nuestro artículo: ¿Se puede ganar una apelación de inmigración?

Abogado.LA le ayuda a reabrir su caso de inmigración

Si a usted o a algún conocido se le ha rechazado el alivio migratorio en la corte de inmigración, le recomendamos que se comunique con nosotros para una consulta personalizada con respecto a su situación.

Nuestros experimentados abogados de inmigración en Los Ángeles saben qué aspectos a seguir para que usted pueda llegar a tener una segunda oportunidad en los EE. UU. Nuestros abogados determinarán sus mejores alternativas disponibles con el país.


Estamos disponibles para usted, pero no se demore, ya que solo tendrá 90 días desde la orden final de su situación para solicitarle a la corte que reabra su caso nuevamente.