En ciertos escenarios se puede reabrir un caso de inmigración o una decisión desfavorable. La ley permite que su caso sea revisado nuevamente, siempre que se cumplan ciertos requisitos y se actúe dentro de los plazos establecidos.
En Abogado.LA ayudamos a las personas en esta situación a entender si tienen base legal para reabrir su caso y qué pasos deben seguir para hacerlo. Cada caso es distinto y una decisión tomada sin orientación puede cerrar las puertas que aún estaban abiertas.
¿Realmente se puede reabrir un caso de inmigración en Estados Unidos?
Sí, se puede reabrir un caso de inmigración en Estados Unidos pero no en todos los casos ni en cualquier momento.
La ley migratoria permite presentar una solicitud formal para que la corte o USCIS revise nuevamente una decisión ya tomada, siempre que existan razones válidas para ello.
Eso sí, debe tener en cuenta que:
- Reabrir un caso no es automático.
- La corte no reabrirá su expediente simplemente porque usted no está de acuerdo con la decisión anterior.
- Necesita demostrar que hay algo nuevo, relevante y que no estaba disponible cuando se tomó la decisión original o que hubo un error legal en el proceso.

Si su caso involucra una decisión desfavorable, también conviene conocer cómo apelar una orden de deportación en California podría complementar su estrategia legal.
¿Qué es una moción para reabrir un caso de inmigración?
Una moción para reabrir es una solicitud formal que se presenta ante la corte de inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) para pedir que se reconsidere un caso ya cerrado.
Esta petición debe estar respaldada por hechos nuevos o pruebas que no estaban disponibles en el momento del proceso original.
El manual de EOIR establece que una moción para reabrir debe exponer los nuevos hechos que se probarán en una audiencia si la moción es concedida, y debe estar respaldada por declaraciones juradas u otro material probatorio.
Diferencia entre moción para reabrir y moción de reconsideración
Estos dos recursos se confunden con frecuencia, pero son distintos y aplican en situaciones diferentes:
- La moción para reabrir se basa en hechos nuevos o evidencia que no existía o no estaba disponible durante el proceso original. Por ejemplo, un cambio en su situación familiar o nueva evidencia de peligro en su país de origen.
- La moción de reconsideración no introduce información nueva. Se basa en señalar que el juez cometió un error legal o interpretó incorrectamente la ley al tomar su decisión anterior.
La moción para reabrir debe presentarse dentro de los 90 días posteriores a la decisión final. La moción de reconsideración tiene 30 días desde la decisión. Según la regla federal sobre reapertura judicial, generalmente solo se permite presentar una moción de cada tipo.
¿Por qué se podría reabrir un caso de inmigración?
La corte solo reabrirá su caso si existe una razón realmente sólida. Las más comunes son:
- Nueva evidencia relevante que no estaba disponible en la audiencia original y que podría cambiar el resultado del caso.
- Cambio en las condiciones de su país de origen que ahora lo pone en peligro si regresa, lo que puede abrir la puerta a una solicitud de asilo o protección. Para estos casos, conviene evaluar el asilo político en Estados Unidos como posible alivio.
- Cambio en su situación personal o familiar, como haberse casado con un ciudadano estadounidense.
- Error legal o procesal cometido durante el proceso original, incluyendo una representación legal inadecuada por parte de su abogado anterior.
- Falta de notificación, si usted o su abogado no recibieron aviso de la audiencia y por eso no se presentaron.
- Circunstancias extraordinarias que le impidieron asistir a su audiencia, como una enfermedad grave propia o de un familiar directo.
- Una condena penal que fue anulada o modificada después de que se dictó la orden de deportación.
Si su caso está relacionado con defensa ante una deportación, también puede consultar información sobre cancelación de deportación y sus posibles requisitos.
¿Cuánto tiempo tiene para reabrir un caso de inmigración?
El plazo general es de 90 días a partir de la fecha en que se dictó la orden final de deportación. Este plazo aplica tanto para mociones presentadas ante el juez de inmigración como ante la BIA, según establece la norma sobre reapertura ante BIA.
Es importante actuar con rapidez. Una moción presentada fuera de plazo puede ser rechazada automáticamente sin que la corte evalúe el fondo del caso.

Excepciones al plazo de 90 días
Existen situaciones en las que el plazo de 90 días no aplica o puede extenderse:
- Si la moción se basa en un cambio en las condiciones de su país de origen que afecta su elegibilidad para asilo, suspensión de deportación o protección bajo la Convención contra la Tortura, no hay límite de tiempo.
- Si el tribunal no le notificó a usted ni a su abogado de la audiencia, tampoco hay fecha límite.
- Si usted estaba bajo custodia federal o estatal cuando se realizó la audiencia y su ausencia no fue su culpa, puede presentar la moción sin límite de tiempo.
- Si la orden fue emitida en ausencia, el plazo puede ser de 180 días cuando la persona no se presentó por circunstancias excepcionales.
- Las mociones conjuntas, presentadas de acuerdo con el gobierno, no están sujetas a límites de tiempo ni de número.
¿Qué pasa si recibió una orden de deportación en ausencia?
Si usted recibió una orden de deportación porque no se presentó a su audiencia, también puede solicitar la reapertura del caso.
Para ello debe demostrar que no recibió la notificación de comparecencia, que circunstancias extraordinarias le impidieron asistir o que estaba bajo custodia y su ausencia no fue voluntaria.
En estos casos, la presentación de la moción detiene automáticamente la deportación mientras la corte evalúa la solicitud. Puede revisar más sobre los recursos legales ante deportación involuntaria para entender mejor sus opciones en este escenario.
¿Cómo reabrir un caso de inmigración paso a paso?
El proceso varía según qué autoridad tomó la decisión original, pero en términos generales sigue estos pasos:
- Paso 1. Identifique qué autoridad decidió su caso, ya sea USCIS, un juez de inmigración o BIA. De eso depende dónde y cómo se presenta la moción.
- Paso 2. Si la decisión fue de USCIS, debe presentar el formulario para apelaciones y mociones (Formulario I-290B). Si fue un juez o la BIA, la moción se presenta directamente ante esa corte.
- Paso 3. Redacte la moción explicando con claridad los nuevos hechos o el error legal que justifica la reapertura.
- Paso 4. Reúna toda la evidencia de respaldo, declaraciones juradas, documentos nuevos, informes médicos, registros penales modificados o cualquier otro material relevante.
- Paso 5. Pague la tarifa correspondiente o solicite una exención de pago si no puede cubrir el costo.
- Paso 6. Presente la moción ante la autoridad correcta dentro del plazo establecido y entregue copia al abogado del gobierno.
Si no está seguro de en qué etapa está su caso o ante qué autoridad debe presentar, puede revisar las opciones legales ante un proceso de deportación para orientarse antes de actuar.
¿Qué documentos necesita presentar?
El paquete que presenta ante la corte debe incluir:
- La moción escrita con los nuevos hechos y argumentos legales.
- Toda la evidencia de respaldo organizada y etiquetada.
- El formulario de cambio de dirección (EOIR-33) para asegurarse de que la corte pueda notificarle.
- El formulario EOIR-28 o EOIR-61 si está representado por un abogado.
- El pago de la tarifa o una solicitud de exención de pago (formulario EOIR-26A).
- Un certificado de entrega que acredite que envió copia al abogado del gobierno.
Una moción incompleta o mal presentada puede ser rechazada sin que la corte evalúe su caso. Por eso contar con representación legal desde el inicio marca una diferencia importante.
¿Puede USCIS reabrir un caso ya aprobado?

Sí. Una aprobación de USCIS no es necesariamente definitiva. USCIS tiene autoridad legal para reabrir casos ya aprobados si aparece nueva información, si se detectó un error en la decisión original o si hay indicios de fraude o información incorrecta en la solicitud.
Cuando USCIS decide reabrir un caso aprobado, generalmente emite un aviso escrito explicando los motivos. En algunos casos emite una Notificación de Intención de Revocar (NOIR), que le da la oportunidad de responder antes de que se tome una decisión final.
Si recibe ese tipo de aviso, actúe de inmediato. Por otro lado, si necesita ubicar información sobre su expediente o sobre una persona detenida, esta guía sobre cómo buscar a una persona detenida por inmigración puede ser de utilidad.
¿Cuánto cuesta reabrir un caso de inmigración?
El costo depende del tipo de moción y de la autoridad ante la que se presenta:
- Las mociones ante la corte de inmigración o la BIA tienen una tarifa que debe verificarse directamente con el tribunal antes de presentar, ya que puede cambiar.
- Si la moción se basa únicamente en una nueva solicitud de asilo, no se cobra tarifa.
- Si no puede pagar, puede solicitar una exención de tarifa mediante el formulario EOIR-26A. La corte evaluará su situación económica antes de decidir.
- El costo del abogado es independiente y varía según la complejidad del caso.
Si su caso depende de fechas o turnos migratorios, también conviene revisar qué significa la fecha de prioridad en inmigración dentro del proceso, ya que puede afectar los tiempos de su trámite.
¿Es posible reabrir un caso cerrado si ya fue deportado?
Depende de las circunstancias. Si ya fue deportado, aún puede intentar presentar una moción para reabrir su caso, pero las condiciones son más estrictas:
- Debe demostrar que tiene nueva evidencia o que hubo un error legal en el proceso original.
- Si su orden de deportación fue dictada en ausencia, puede tener más posibilidades si prueba que no recibió notificación o que circunstancias extraordinarias le impidieron presentarse.
- En algunos casos, la moción puede presentarse desde el exterior, pero los plazos y requisitos son más complejos.
Antes de intentar reingresar o presentar cualquier solicitud, es fundamental conocer cómo funciona el reingreso después de una deportación y si aplica algún perdón migratorio para su situación específica.
Preguntas frecuentes sobre si se puede reabrir un caso de inmigración

¿Puedo reabrir mi caso de inmigración?
Sí, siempre que tenga nueva evidencia relevante, haya habido un error legal en el proceso original o existan circunstancias excepcionales que justifiquen la reapertura. El plazo general es de 90 días desde la orden final, aunque existen excepciones.
¿Cómo puedo reabrir un caso de inmigración?
Debe presentar una moción formal ante la autoridad que decidió su caso: USCIS, el juez de inmigración o la BIA. La moción debe incluir los nuevos hechos, evidencia de respaldo y cumplir con los requisitos de presentación establecidos por la normativa federal.
¿Cuánto tiempo tengo para reabrir un caso de inmigración?
El plazo general es de 90 días desde la decisión final. Existen excepciones para casos de asilo basados en cambio de condiciones en el país de origen, falta de notificación o circunstancias extraordinarias, donde el plazo puede extenderse o no aplicar.
¿Por qué se podría reabrir un caso de inmigración?
Las razones más comunes son nueva evidencia, cambio en las condiciones del país de origen, cambio en la situación familiar, error legal durante el proceso, falta de notificación de la audiencia o representación legal inadecuada.
¿Cuánto cuesta reabrir un caso de inmigración?
Depende del tipo de moción y la autoridad ante la que se presenta. Existen exenciones de pago para quienes no pueden cubrir la tarifa. Las mociones basadas únicamente en una nueva solicitud de asilo no tienen costo.
¿Es posible reabrir un caso cerrado?
Sí, en muchos casos es posible, incluso si ya existe una orden de deportación. Las posibilidades dependen de si hay nueva evidencia, si hubo errores en el proceso y si se actúa dentro de los plazos o bajo alguna de las excepciones reconocidas por la ley.
En Abogado.LA revisamos si su caso de inmigración tiene solución
Reabrir un caso de inmigración es un proceso que requiere precisión legal, evidencia sólida y cumplimiento estricto de los plazos. Una moción mal presentada o fuera de tiempo puede cerrar definitivamente su caso.
En Abogado.LA evaluamos cada situación de forma individual para determinar si existe base legal para reabrir su expediente y cuál es la mejor estrategia según su caso. Contáctenos para una consulta y descubra si aún tiene opciones.
